El gobierno provincial extendió por 180 días la vigencia del régimen de regularización establecido por la Legislatura santafesina y cuyo vencimiento se produjo el 31 de julio pasado. Se trata de la norma que tiene como objetivo uniformar la regulación provincial con los lineamientos establecidos a nivel nacional por el Régimen de Regularización Impositiva, Promoción y Protección del Empleo Registrado, Exteriorización y Repatriación de Capitales.
La normativa provincial busca estimular el “blanqueo laboral exclusivamente”, exonerando a los empleadores que decidan adherirse de las sanciones de las que hubieran sido objeto por relaciones laborales no registradas o registradas deficientemente.
Beneficios
Quedarán comprendidos en el nuevo régimen los empleadores que registren correctamente a sus trabajadores, rectifiquen la real remuneración o la real fecha de inicio de las relaciones laborales existentes al 24 de diciembre de 2008 inclusive.
Los beneficios para el empleador serán la liberación total y absoluta de las multas y sanciones correspondientes a dicha regularización –impuestas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la provincia– que no se encuentren firmes y que no hayan sido pagadas o cumplidas.
La ley define además que la liberación de las infracciones se aplicará en aquellas empresas “que hayan regularizado a la totalidad de los trabajadores” comprendidos en dicho incumplimiento.
Requisitos
Prorrogan el régimen de regularización del empleo
El gobierno de Santa Fe extendió hasta el 28 de enero de 2010 la vigencia del trámite excepcional con el fin de “promover la correcta registración de las relaciones laborales”. La norma había vencido el 31 de julio pasado
Los empleadores podrán acceder a los beneficios cumplimentando los siguientes requisitos: que en el expediente originario de la solicitud de adhesión se hayan constatado trabajadores no registrados; que dichos trabajadores hayan sido regularizados o se proceda a su regularización; que las relaciones laborales regularizadas hayan existido al 24 de diciembre de 2008; que se hayan regularizado la totalidad de los trabajadores no registrados constatados en el acta que dio origen a las actuaciones; que el expediente se encuentre en trámite (en cualquier etapa) o con acta infracción; y que, de existir multas, las mismas no se encuentren firmes y no hayan sido pagadas.
Para acceder a los beneficios del nuevo régimen, los empleadores podrán obtener información sobre los trámites a realizar y los formularios a presentar ingresando a www.santafe.gov.ar, sitio del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Consultas
Ante cualquier duda, los interesados podrán dirigirse a las Direcciones Regionales del Ministerio de Trabajo de la provincia: en Rosario, Ovidio Lagos y San Lorenzo, teléfono (0341) 4724148; en Santa Fe, Crespo 2239, teléfono (0342) 4573177. En ambos casos, en el horario de atención de 7 a 14.