Una mujer no podía asistir al velorio de su madre a causa de un pleito familiar con su hermano que le impedía el ingreso a la ceremonia. Se presentó a la Justicia y con la orden de un magistrado pudo despedir los restos de su mamá. El Juez del Tribunal Colegiado de Familia N° 5 de los Tribunales de Rosario, Marcelo Molina, intervino para que una mujer pudiera asistir al velatorio de su madre, por cuanto su hermano –en cuyo domicilio se realizaba el velorio–, enemistado con ella, le impedía el acceso.
Se trata de un nuevo caso que ejemplifica la extrema judicialización de la vida social, en la que se ventilan y resuelven desde los casos más complejos y novedosos hasta las rencillas cotidianas entre vecinos o familiares
El hecho se registró en la zona sur de Rosario donde a una mujer se le negó el ingreso a la casa de su hermano para participar del velatorio de los restos de su madre recientemente fallecida.
A raíz de diferencias familiares el hermano de la mujer no le permitía participar del ritual y tuvo que intervenir el Juzgado de Familia número 5 para que el ritual se desarrollara con total normalidad. La mujer se presentó en los Tribunales rosarinos el pasado día 10 de este mes solicitando la inmediata intervención del magistrado a cargo del turno de urgencia ya que no podía despedir los restos de su madre por la persistente negativa de su hermano, con quien no tiene relación por diferencias familiares, y en cuyo domicilio se efectuaba el velorio de su progenitora.
Según fuentes tribunalicias al final la mujer pudo asistir al velorio de su madre pero con una orden judicial. Por último, el magistrado ordenó que que la mujer permaneciera 30 minutos sola frente al cadáver de su madre.
El magistrado, en parte de su resolución, señaló: "Atento lo expuesto y considerando que la situación planteada se enmarca dentro de las previsiones generales de la ley 11.529 en tanto vedar el acceso al velatorio de su progenitora a su hija se constituye en una situación de violencia y de obstáculo a derechos personalísimos que excede el ejercicio regular del derecho de propiedad, se dispondrá con carácter autosatisfactivo que personal policial acompañe a la señora al velatorio de su progenitora el que se desarrolla en el domicilio del hermano para que la señora tenga acceso al mismo y permanezca junto al ataúd de quien fuera su madre durante el lapso máximo de media hora sin interferencias de ninguna naturaleza por parte de otros familiares o deudos".