La Justicia rosarina rechazó la demanda presentada por los familiares de una víctima fatal de un accidente ferroviario porque se comprobó que la persona había cruzado en estado de ebriedad.

Así lo resolvió el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N° 1 para un hombre identificado como Miguel Alberto Pereyra, que el 9 de febrero de 2003 alrededor de las 7.30, a 50 metros de la estación de trenes de Cañada de Gómez, intentó cruzar las vías pasando entre los vagones del tren. Lo hizo en vez de efectuarlo por el paso a nivel, como corresponde, o por delante de la fromación. En momentos en que cruzaba entre los vagones, la máquina arrancó, lo arrolló y el hombre murió en el acto.

Según declaraciones de testigos presenciales, la víctima estaba totalmente ebria, y por esa causa, inconciente de sus actos, por lo cual, los integrantes del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual 1° Nominación, de Rosario, entendió que no se puede responsabiliar a la empresa Nuevo Central Argentino (NCA) por lo ocurrido.