La odisea de la madre sanlorencina –que no podía salir de India con su beba nacida a partir de un vientre subrogado– puso en debate la maternidad a través del alquiler de vientre, aún sin legislación en Argentina. Incluso otro complejo caso registrado en el país asiático –una pareja gay que también viajó con un contrato de alquiler de vientre– reveló que son muchos padres argentinos los que eligen ese lugar, porque el procedimiento cuesta hasta la mitad que realizarlo en Estados Unidos. ¿Cuáles son las diferencias entre un país y otro? ¿Qué hay que saber para emprender la subrogación de un vientre en busca de ser padres? ¿Cuánto falta para que en el país haya una legislación al respecto?

La abogada especializada en temas de familia, Evelina Cid, sostuvo que "la maternidad subrogada cuenta con un gran vacío legal en el derecho argentino". Según explicó "el artículo 242 del Código Civil establece que la maternidad queda determinada por la prueba del nacimiento y la identidad del nacido". O sea, que la maternidad queda determinada por el parto: madre es la que parió.

"Con la simple lectura de este artículo queda evidenciada la desprotección legal que tienen las personas que decidan utilizar ese método para la reproducción. La madre del nacido quedaría determinada por el parto sin que quizás coincida con la madre biológica (la que aportó los óvulos) o la madre voluntaria (la que simplemente aportó su voluntad de asumir la maternidad legal del nacido). A esas madres les estaría vedado el derecho de reclamar la filiación con ese niño o niña y a ese niño o niña el derecho a su identidad, que no es cosa menor", argumentó Cid.

El proyecto de reforma del Código Civil y Comercial prevé incorporar la subrogación de vientre en Argentina. El procedimiento tendrá un costo –en cuanto a honorarios profesionales y gestiones para constatar la salud de la mujer gestante– pero se remarcó que no incluirá una erogación de dinero o pago para la mujer gestante como sucede en otros países donde el costo oscila entre los 90 mil y los 130 mil dólares.

"La necesidad de una reforma al Código Civil no admite demora, ya que las normas vigentes quedaron envejecidas a la luz de los nuevos paradigmas que reclaman la acogida de los derechos reproductivos", agregó Cid.