La Justicia rosarina confirmó que es constitucional la afiliación obligatoria al Iapos de los empleados públicos de la provincia de Santa Fe.

Así lo entendió, tal como informó el portal Tiempo de Justicia, la Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial ante la presentación de un empleado del Estado santafesino que quería afiliarse a otra obra social.

El tribunal de alzada sostiene en la resolución que no hay arbitrariedad manifiesta en que sea obligatoria la afiliación al Iapos y destaca que es absolutamente constitucional.

De esta manera, los empleados estatales santafesinos no pueden hacer uso del régimen de opción de obra social una vez al año que tienen los restantes trabajadores de la actividad privada, estando compulsivamente obligados a recibir atención médica de la obra social provincial.

Sin embargo, el agente estatal que lo desee podrá afiliarse a otra obra social, a su exclusivo cargo, pero por ello no podrá dejar de aportar al Iapos.