El 7 de octubre de 2024 la Justicia de San Lorenzo condenó a Luis Grandi a la pena de prisión perpetua condenado como autor del femicidio de Carolina Beatriz Díaz (31) quien en febrero de 2021 fue rociada con combustible y prendida fuego. Murió 31 días después en el Hospital de Emergencias Clemente Álvarez. Sin embargo, este miércoles, la Cámara de Apelaciones de Rosario emitió un nuevo fallo y el acusado quedó en libertad.
En primera instancia, Grandi resultó culpable de homicidio calificado entendiendo que tras una discusión, él roció a su pareja con nafta. Lo que provocó quemaduras en más del 70% del cuerpo de Díaz. Además, recibió tres años de prisión efectiva por abuso sexual agravado, que ya fueron cumplidos.
Sin embargo, los Dres. Tomás Orso, Alfredo Ivaldi Artacho y Gustavo Salvador de la Cámara de Apelación de Rosario, revieron el caso y llegaron a la anulación de la condena perpetua por "falta de pruebas contundentes". Tras preguntarse conjuntamente si era o no justa la sentencia apelada, el primero en hablar fue el Dr Orso quien aseguró que se omitió el "testimonio de familiares, vecinos y allegados quienes manifestaron que la víctima dijo que se trató de un accidente, que estaban cargando combustible para una moto".
Además, mencionó que no se tuvo en cuenta el testimonio de la primera médica que vio a Díaz, quien explicó que por las quemaduras que sufrió se trataría de "una explosión y no de un aflojamiento a través de un palanganazo, como concluyen los sentenciantes".
El Dr. Artacho coincidió con su colega y señaló "que el material probatorio producido no permiten certificar que el deceso de Díaz haya sido provocado por un accionar homicida de su pareja Grandi. En síntesis, Díaz, de 31 arios, muere después de agonizar un mes en el Heca, a raíz de su exposición a profundas, extensas y letales quemaduras por combustión de nafta sobre su cuerpo y ropa".
"Disiento con la definición a la que arriban los distinguidos colegas preopinantes en relación a la imputación por el delito de homicidio que se le enrostra a Grandi, coincidiendo sin embargo en lo que concluyen respecto del delito de abuso sexual", indicó el Dr. Salvador quien se enfocó en las declaraciones que realizaron los hijos de la víctima (uno de ellos aseguró escuchar el sonido de un encendedor).
Por otro lado, hizo hincapié en el silencio del acusado ya que declaró por primera vez recién tres años después de lo ocurrido y en el discurso de la víctima que pudo estar alterado por las mismas circunstancias de lo que estaba sufriendo. Por ese mismo motivo, recordó que no siempre hay registros de violencia de género previos al ataque y pidió confirmar la sentencia a cadena perpetua.
Con dos votos positivos y uno negativo, Luis Grandi quedó en libertad con una pena cumplida de tres años por abuso sexual a una menor, causa en la que todo el tribunal estuvo de acuerdo.