Las obras de la costanera norte, que incluyen un parque acuático, siguen adelante y desde la Municipalidad aclaran que una resolución dictada por la jueza Mónica Klebcar, que habilitó la feria para tratar una apelación de Ciudad Futura contra un fallo anterior de su colega Marcelo Quiroga que había avalado el inicio de los trabajos, de ninguna manera la obliga a paralizar los mismos. 

El viernes pasado Quiroga desestimó la medida cautelar interpuesta por el concejal Juan Monteverde y otros integrantes de su bloque, que cuestionaban la construcción del Parque Acuático en la Rambla Catalunya de Rosario y una serie de obras para la renovación integral de la Costa Norte de la ciudad. De esta manera, la Municipalidad quedó habilitada para continuar con las remodelaciones allí previstas, cosa que hizo desde el lunes. 

Ciudad Futura apeló esa medida y la jueza Klebcar la aceptó en una resolución que aclara que es con “efecto suspensivo”.

¿Significa esto que se deben frenar las obras? “En Santa Fe, si apelás el rechazo de una cautelar y el recurso se concede con efecto suspensivo, eso no significa que la cautelar quede concedida ni que se suspenda automáticamente el acto u obra que se quería frenar”, explicó a Rosario3 una fuente del área Jurídica de la Municipalidad. Voceros del juzgado avalaron esta postura.

“La idea central es esta: el efecto suspensivo suspende la ejecutoriedad de la resolución apelada. Pero si la resolución apelada es una denegatoria, no hay una orden positiva que ejecutar. Entonces, en términos prácticos, queda pendiente la revisión por Cámara, pero mientras tanto no existe medida cautelar vigente”, agregó la fuente municipal.

La interpretación de la Municipalidad, entonces, es que la concesión del recurso con efecto suspensivo contra el rechazo de una medida cautelar solo impide que dicha denegatoria, la dictada por el juez Quiroga, quede en firme, mientras la Cámara de Apelaciones la revisa.   

Así, hasta que el tribunal de alzada se pronuncie, “la situación jurídica permanece como estaba: sin cautelar vigente, salvo que exista otra orden judicial expresa en sentido contrario”, es la mirada del área Jurídica de la Intendencia. 

Con esos argumentos, la Municipalidad entiende que no hay motivos para detener las obras reiniciadas el lunes y fuentes del juzgado dijeron a este medio que el “efecto suspensivo” concedido no implica que se deban paralizar los trabajos.

Distinta es la interpretación de Ciudad Futura: “La Municipalidad debe detener inmediatamente los trabajos en la rambla. Están incumpliendo la orden judicial que es clara: hasta que no se resuelva la apelación no pueden avanzar. Si mañana persisten, estarían cometiendo un delito”, advirtió la abogada y exconcejala Jesica Pellegrini.