Santa Fe tiene nuevas reglas electorales. El Senado provincial sancionó este jueves, por unanimidad en la votación en general y sin cambios con respecto a la media sanción de Diputados, una amplia reforma que modifica buena parte del sistema con el que los santafesinos elegirán gobernador, legisladores, intendentes y concejales desde 2027.
Los 19 senadores, los 14 de Unidos y los 5 del PJ, levantaron la mano en la votación en general. Pero durante el tratamiento en particular el peronismo rechazó uno de los puntos que había generado las principales controversias durante la discusión legislativa: la posibilidad de que un mismo precandidato a gobernador participe de las Paso acompañado por hasta tres postulantes diferentes a vicegobernador. El senador Pirola votó en contra de algunos artículos más.
La reforma consta de casi 300 artículos y reúne y ordena en un único cuerpo buena parte de una legislación electoral hasta ahora distribuida entre distintas normas. Pero, más allá de esa tarea de sistematización, introduce cambios importantes en la manera de competir y de votar.
Estos son los principales puntos de la nueva ley, una de las cerca de 20 complementarias de la reforma constitucional sancionada el año pasado.
Las Paso siguen en pie
Santa Fe mantendrá las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (Paso). Fue uno de los puntos de mayor consenso entre las principales fuerzas políticas durante la discusión de la reforma.
Eso significa que las agrupaciones que tengan más de una lista seguirán definiendo sus candidatos mediante una elección abierta a todo el padrón y que la primaria continuará siendo obligatoria para los electores.
Lo que sí cambia es el piso necesario para llegar a la elección general.
Nuevos pisos electorales
La reforma reduce del 1,5% al 1% del padrón electoral de la categoría correspondiente el piso que una fuerza deberá alcanzar en las Paso para poder participar de la elección general.
Además, para acceder a la distribución de bancas en la Cámara de Diputados provincial se establece en las elecciones generales un piso equivalente al 4% del padrón electoral. Hasta ahora ese umbral era del 3%.
Este último punto fue uno de los más discutidos durante el tratamiento legislativo porque las fuerzas políticas de menor tamaño lo consideran proscriptivo.
A partir de la reforma constitucional de 2025, las 50 bancas de Diputados se reparten de manera proporcional, dejando atrás el histórico sistema que garantizaba 28 escaños a la fuerza más votada y distribuía los 22 restantes entre las otras listas.
Cinco boletas en las Paso, tres en las generales
Uno de los cambios que más directamente advertirá el elector estará en la Boleta Única de Papel.
En las Paso continuará el sistema actual: habrá una boleta diferente para cada categoría, es decir gobernador y vice, diputados provinciales, senador departamental, intendente y concejales.
En las elecciones generales, en cambio, esas cinco papeletas se reducirán a tres: gobernador y diputados compartirán una; senador departamental tendrá otra; e intendente y concejales estarán incluidos en una tercera.
En las dos boletas que tendrán más de una categoría habrá una casilla que permitirá elegir “lista completa”, aunque el elector conservará la posibilidad de seleccionar candidatos de fuerzas diferentes para cada cargo.
Interna de vices
Probablemente la innovación política más singular del nuevo Código sea la modificación de la interna para gobernador y vice.
Hasta ahora, cada precandidato a gobernador llegaba a las Paso con un único compañero de fórmula. Desde 2027, una misma persona podrá inscribirse como candidata a gobernador en hasta tres fórmulas distintas de una misma agrupación, acompañada en cada caso por un postulante diferente a vicegobernador. Deberá respetarse además la paridad de género.
Hay una precisión importante: los votos de esas fórmulas no se suman.
Si un mismo candidato a gobernador compite con tres aspirantes distintos a vice, cada fórmula tendrá su propio resultado y ganará la combinación que individualmente obtenga más votos. No funciona, por lo tanto, como la antigua ley de lemas, en la que los sufragios de distintas candidaturas de un mismo partido se acumulaban.
Fue el artículo rechazado por el peronismo durante la votación en particular.
Otro decisión relevante, que hizo que el sector de Amalia Granata votara a favor del proyecto en Diputados, es que se puden presentar listas de diputados y concejales sin tener candidatos a gobernador e intendente.
Cambia la Justicia Electoral
La reforma también modifica profundamente la estructura encargada de controlar las elecciones.
La competencia electoral dejará de estar concentrada en el actual Tribunal Electoral y pasará al fuero Contencioso Administrativo, en línea con el nuevo diseño institucional surgido de la Constitución reformada.
La Corte Suprema de Justicia provincial quedará reservada para la intervención ante eventuales recursos de inconstitucionalidad.
A diferencia de la mayoría de las nuevas disposiciones, que comenzarán a regir para los comicios de 2027, el nuevo esquema de Justicia Electoral entrará plenamente en funcionamiento en 2029.
Debate obligatorio de candidatos
La nueva legislación incorpora además por primera vez en Santa Fe la obligatoriedad del debate público previo a las elecciones generales para los candidatos a gobernador.
La organización quedará bajo responsabilidad del juez electoral, que definirá sede, fecha, formato, duración y reglas de participación y podrá encomendar la organización técnica a universidades con sede en Santa Fe o entidades de reconocida trayectoria en la promoción de la democracia.
Los temas deberán surgir de un mecanismo de participación ciudadana y el debate tendrá transmisión en vivo, gratuita y accesible.
La obligatoriedad no será solamente declarativa: si un candidato no concurre, el espacio que le hubiera correspondido quedará vacío e identificado con su nombre y apellido, además de las sanciones electorales que pudieran corresponder.
Una veda distinta
También cambia la veda electoral.
Seguirá comenzando 48 horas antes de la elección, período durante el cual estará prohibida la actividad de campaña y la difusión de propaganda. La nueva norma incorpora expresamente a la publicidad contratada u optimizada en redes sociales y plataformas digitales, que deberá suspenderse durante esas 48 horas.
Sin embargo, la prohibición no alcanza a lo que una persona publique orgánicamente desde su cuenta personal, siempre que el contenido no tenga patrocinio económico.
La reforma flexibiliza además algunas de las restricciones tradicionales del día de la elección.
La prohibición de vender alcohol, que hasta ahora comenzaba a las 20 del sábado previo y se extendía hasta las 21 del domingo electoral, regirá desde las 2 de la madrugada del día de la votación hasta las 20 de esa misma jornada.
Los comercios, bares, restaurantes y espacios culturales y recreativos podrán permanecer abiertos. Sí estarán prohibidos, desde seis horas antes de la apertura de las urnas y hasta dos horas después del horario previsto para su cierre, los espectáculos, fiestas, reuniones o eventos cuya convocatoria pueda generar una concentración masiva de personas.
Campañas y financiamiento
El nuevo Código también reúne y actualiza las reglas sobre campañas electorales, publicidad y financiamiento de las agrupaciones políticas.
Entre otras cuestiones, fija los períodos habilitados para la publicidad en medios audiovisuales: podrá comenzar 20 días antes de las Paso y 25 días antes de las elecciones generales.
La intención general de la norma es concentrar en un único Código reglas que hasta ahora estaban desperdigadas en distintas leyes provinciales, al mismo tiempo que adapta el sistema electoral al nuevo marco institucional surgido de la reforma constitucional de 2025.
Con la sanción del Senado, buena parte de ese nuevo sistema tendrá su primera prueba en 2027, cuando Santa Fe elija gobernador y vice, diputados y senadores provinciales, intendentes y concejales bajo reglas sensiblemente distintas a las utilizadas hasta ahora.