La Corte Suprema rechazó el per saltum que había presentado el Gobierno de Javier Milei por la reforma laboral, que viene siendo objetada en los tribunales por la Confederación General del Trabajo (CGT). 

Técnicamente, el per saltum constituye un salto de instancia. Lo que lo diferencia de cualquier apelación es que por ciertos motivos (gravedad institucional) puede saltear una instancia y ser resuelta por una instancia superior.

Con este movimiento, los cortesanos ganan tiempo y permiten que la discusión sobre un tema sensible, que mantiene en vilo a trabajadores y organizaciones sindicales, como la reforma laboral, siga en instancias inferiores.

Al filo de la medianoche del 15 de abril, el Gobierno presentó un per saltum, un recurso que permite saltear instancias y llevar un debate directamente al máximo tribunal. Lo que buscaba la Casa Rosada era un atajo para discutir la medida cautelar que frenaba la aplicación de más de 80 artículos de la llamada Modernización Laboral.

El 30 de marzo, la CGT había obtenido una primera victoria en esta batalla. Fue cuando el juez Raúl Ojeda frenó la reforma en el fuero laboral.

A partir del fallo de Ojeda, el Gobierno desplegó una estrategia en distintos frentes para que la reforma volviera a estar vigente. Por un lado, apeló la resolución ante la Cámara Nacional del Trabajo (CNT). Además, intentó llegar a la Corte mediante un per saltum. Al mismo tiempo, buscó sacar la discusión del fuero laboral —considerado históricamente más proclive a los trabajadores— y llevarla al contencioso-administrativo, donde se dirimen las cuestiones vinculadas con la administración estatal.

En ese camino, el Gobierno fue consiguiendo varios logros. El 10 de abril, la jueza Macarena Marra Giménez dijo que el caso debía tramitar en los tribunales en lo contencioso-administrativo, por lo que le pidió el expediente a Ojeda, su colega del fuero laboral.

Para la Casa Rosada, el fallo de Marra Giménez fue importante, aunque previsible. Lo más significativo sucedió en la CNT. El 23 de abril, la Sala VIII —integrada por los jueces María Dora González y Víctor Arturo Pesino— dejó sin efecto la cautelar de Ojeda, por lo que la reforma volvió a estar vigente.

Pesino y González no analizaron si la decisión del juez estaba bien o mal. Únicamente suspendieron la cautelar mientras se tramitaba la apelación del Gobierno.

La retribución de la Casa Rosada no se hizo esperar. A las pocas horas, el Ministerio de Justicia informó en el Boletín Oficial que había iniciado los trámites para que Pesino continúe en el cargo después de cumplir 75 años.

La CGT recurrió esa decisión. También recusó a la Sala VIII en pleno. Alegó que no debió intervenir en la discusión porque otra sala de la CNT ya estaba analizando un planteo sobre la reforma laboral. Respecto de Pesino, denunció que hubo un toma y daca con el Gobierno.

La recusación de González y Pesino aún no fue resuelta. Es un trámite importante de cara a la pulseada con la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo, que le reclamó a Ojeda que envíe el expediente. La CNT podría declararse competente y esa disputa debería dirimirse en la Corte Suprema.

Este jueves hubo acuerdo en la Corte Suprema. Después de casi dos semanas en las que el expediente deambuló de vocalía en vocalía, a los supremos les bastaron unas pocas palabras para sellar su intervención en un caso que mantiene en vilo al mundo del trabajo.

“Que a juicio de esta Corte no se observan los requisitos que, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, habilitan la procedencia de la vía cuya apertura se promueve mediante el recurso por salto de instancia”, escribieron Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

Desde la CGT expresaron que veían en esta decisión un freno a la argumentación del Gobierno de que había un tema de gravedad institucional por la cautelar que había conseguido la central obrera de parte del juez Raúl Ojeda.