Cambios en Monotributo y Ganancias: los puntos más importantes y todas las respuestas

El análisis a fondo de una especialista en Derecho Tributario sobre las modificaciones que ya comenzaron a regir

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El Gobierno puso en marcha importantes cambios en el Monotributo y en Ganancias, los cuales ya comenzaron a regir. A continuación, un repaso a los puntos más importantes y las respuestas a las dudas más comunes.

Monotributo

Mediante la Resolución General 5003, la AFIP reglamentó los cambios establecidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

Con esta reglamentación, el fisco determinó, entre otras cuestiones, los plazos que deben cumplir los monotributistas para estar en regla con las modificaciones.

Uno de los cambios más esperados, era la actualización de los parámetros de la tabla del Monotributo, que mantenía los valores de enero 2020.

La demora del Congreso y del Fisco Nacional hicieron que dicha modificación, que debería haberse efectuado a principios del 2021, se haga durante el mes de junio, generando diferencias de impuestos retroactivas al mes de febrero.

¿Cuál es la situación actual?

•             AFIP recategorizó de oficio a todos los monotributistas;

•             Hay tiempo hasta el 25/06/2021 para pagar la cuota de Junio (valor actualizado).

•             La recategorización es retroactiva al mes de febrero 2021;

•             La retroactividad, puede generar saldos a favor o diferencias a pagar (por el aumento de los parámetros);

•             Hay tiempo hasta el 20/07/2021 para ingresar la nueva deuda a favor del fisco (generada por las cuotas de febrero 2021 a mayo 2021);

Frente a la polémica generada por la intención de hacer un cobro retroactivo, el Poder Ejecutivo envió un nuevo Proyecto de Ley al Congreso para dar marcha atrás con parte de esta reforma.

Según el proyecto, recién en julio se actualizaría el valor de la cuota del Monotributo para no generar diferencias retroactivas de impuestos.

Ganancias

El pasado lunes se reglamentaron los cambios en el Impuesto a las Ganancias para los empleados en relación de dependencia. Sin entrar en los detalles propios de la liquidación (con todas sus complejidades), se pueden destacar algunas cuestiones.

•             Los trabajadores dejaran de pagar ganancias cuando el haber bruto mensual sea igual o inferior a $150.000.-

•             La remuneración bruta incluye todos los conceptos que se le paguen al trabajador (remunerativos y no remunerativos);

•             Se contempla una deducción adicional para los casos en la remuneración bruta del periodo que se liquida sea superior a $150.000.- e inferior o igual a $173.000.-.

•             Se incorporan nuevas exenciones.

¿Qué pasa con las retenciones efectuadas hasta el momento?

Los empleadores deberán hacer una liquidación especial adicional, para determinar las diferencias que puedan surgir a favor de los trabajadores, por aplicación de las nuevas deducciones y exenciones.

Dichos saldos a favor, se reintegrarán en 5 cuotas iguales, mensuales y consecutivas en los meses de julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre del 2021

¿Qué pasa con los trabajadores autónomos?

Estas modificaciones, siguen incrementando la brecha entre quienes desarrollan su actividad en forma independiente y quienes lo hacen en relación de dependencia.

En un análisis simplificado y sin contemplar otras deducciones, un trabajador Autónomo que factura $150.000.- por mes paga ganancias, mientras que un empleado en relación de dependencia con una remuneración bruta de ese mismo importe, no lo hace.

* Especialista en Derecho Tributario en ISL Contadores

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