La Justicia de Corrientes le prohibió a un hombre la participación en el desfile de comparsas por deber la cuota alimentaria de sus hijos. A su vez, también le impidieron el ingreso al corsódromo.

La jueza de Familia, Niñez y Adolescencia N°4, Carolina Macarrein, consideró en el fallo que “si no puede aportar para el desarrollo de sus dos hijos tampoco debería destinar dinero a esa actividad recreativa”, en referencia al hombre que integraba la comparsa Ará Berá.

Respecto del caso, de acuerdo a lo que informó Télam, el informe detalla que “es padre de dos niños de seis y tres años y desde que se le fijó el monto de los alimentos provisorios para que coman, se vistan, estudien y se desarrollen, no cumplió con la totalidad de lo acordado, pero decidió entrar a la comparsa Ará Berá para desfilar cada noche por el Corsódromo Nolo Alias”.

“Es un deudor recurrente, ya que tiene inhibido su carnet de conducir por incumplimientos anteriores, pero aún así sigue depositando sumas inferiores a la ordenada por la justicia para la manutención de sus niños”, remarca el escrito judicial.

La jueza consideró que “esta actitud repercute negativamente en la vida de sus hijos” y es “una vulneración a sus derechos”. “Además está incumpliendo una orden judicial, por lo que resultó necesario tomar una medida que logre conmover la conducta adoptada y le permita tomar conciencia de la imperiosa necesidad de sus hijos de recibir el dinero para solventar los gastos diarios como ser alimentos, vestimenta, útiles escolares, esparcimiento, etc”, sostuvo la magistrada en su resolución.

De esta manera, la titular del Juzgado N°4 de Familia, Niñez y Adolescencia de Corrientes dictó la resolución Nº 18620 de fecha 15 de febrero dispuso la prohibición de su participación en el desfile como comparsero integrante de Ará Berá (el último fin de semana de Carnaval) y ordenó librar oficio al titular del Corsódromo “Nolo Alias” y a los organizadores de los carnavales correntinos 2024 para además impedir el ingreso al lugar.

Finalmente, Macarrein hizo hincapié en que “los primeros responsables de garantizar la vigencia de los derechos de los niños son sus padres, quienes por medio del ejercicio de sus obligaciones parentales deben arbitrar todos los medios a su alcance para tengan un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social”.

Un caso similar en Rosario

 

En octubre de 2022, un juez de familia de Rosario prohibió el ingreso a la cancha de Central a un padre que hacía años que no paga la cuota alimentaria de su hija de nueve años. La novedad fue notificada a la Dirección Nacional de Seguridad en Espectáculos Deportivos para que incluyan al nombre de esta persona en la lista de derecho de admisión.

“Es una sentencia novedosa en la ciudad. Hay antecedentes, pero no en esta provincia. La misma consiste en prohibirle el ingreso a la cancha pero lo más particular es que este progenitor, que viene incumpliendo hace años va a tener que presentarse en la delegación provincial de Tribunales en el horario del partido”, explicó en aquel momento en Radiópolis (Radio 2), la abogada denunciante, Antonella Mascheroni.