El juez federal de Bariloche, Leandro Gómez Constenla, homologó un acuerdo de juicio abreviado mediante el cual el líder mapuche Facundo Jones Huala fue condenado a 5 años y 2 meses de prisión por actos de sabotaje y otros delitos vinculados con su pertenencia y reivindicación de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM).
Según confirmó su abogado defensor, Gustavo Franquet, el cumplimiento de la pena se computa desde junio de 2025, cuando Jones Huala fue detenido en El Bolsón. La condena se acordó luego de una propuesta realizada por la Fiscalía de Bariloche y varias semanas de negociaciones entre las partes, en las que también participó el propio dirigente mapuche.
Uno de los puntos incluidos en el acuerdo establece que el Ministerio Público Fiscal desistirá de los recursos y apelaciones que había presentado para intentar que Jones Huala regresara al penal de máxima seguridad de Rawson. De esta manera, permanecerá alojado en la Unidad 14 de Esquel, donde fue trasladado a comienzos de julio de este año.
El cambio en la acusación
La principal discusión durante las negociaciones estuvo centrada en la calificación legal de los hechos que se le atribuían.
Hasta último momento, la Fiscalía pretendía que Jones Huala reconociera su responsabilidad bajo el artículo 210 bis del Código Penal, referido a la asociación ilícita destinada a poner en peligro la Constitución Nacional o la estructura militar. Por esa acusación, se había planteado una pena de 5 años y medio de prisión, con la posibilidad alternativa de avanzar hacia un juicio oral, donde la escala penal podía llegar a entre 5 y 20 años.
En ese marco, la Fiscalía también buscaba probar la existencia de supuestas “ramificaciones internacionales” entre la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), de Chile, y la RAM, en Argentina.
Jones Huala y sus defensores rechazaron esa calificación. Finalmente, la acusación fue modificada y encuadrada en el artículo 213 bis del Código Penal, que sanciona la pertenencia a una organización transitoria o permanente destinada a imponer sus ideas por la fuerza, junto con la apología del delito, contemplada en el artículo 213.
La causa, de acuerdo a lo que publicó La Nación, se había iniciado a partir de la presentación que Jones Huala realizó en febrero de 2025 de su libro Entre Rejas, Antipoesía incendiaria, en una biblioteca de Bariloche. Con el acuerdo, el dirigente mapuche reconoció aquello que, según su defensa, sostuvo públicamente de manera reiterada: que la RAM existió y que él formó parte de la organización. El convenio no incluyó arrepentimientos, pedidos de disculpas ni otras calificaciones adicionales.
Los cuestionamientos de la defensa
Tras conocerse la condena, desde la Gremial de Abogados cuestionaron duramente el funcionamiento del sistema judicial argentino y explicaron los motivos por los que aceptaron avanzar con el juicio abreviado.
La defensa señaló que afrontar un juicio oral por la acusación más grave implicaba el riesgo de una condena considerablemente mayor. “No estábamos en condiciones de decirle, y no le dijimos: «Jugate 10 o 12 o 15 años de tu vida a que podés ganar el juicio»”, sostuvieron.
Durante el proceso, los abogados de Jones Huala también habían cuestionado la imparcialidad del fuero federal y afirmaron que “las decisiones son políticas y se toman en los despachos del Ministerio de Seguridad”.
Sobre la postura mantenida por el dirigente mapuche a lo largo de la causa, desde la defensa remarcaron: “Facundo siempre aceptó y asumió ser de la RAM, le guste a quien le guste o le disguste a quien le disguste”.
Qué había dicho Jones Huala
En febrero de 2025, Jones Huala presentó su libro en una biblioteca de Bariloche y realizó declaraciones en las que reivindicó los sabotajes mapuches.
En aquella oportunidad, sostuvo que la RAM existe y la definió como “el sector más autonomista del movimiento mapuche”. Además, afirmó que reivindica la liberación nacional “e incluso la lucha armada”.



