El proyecto de inviolabilidad de la propiedad privada que avanzó este miércoles en la Cámara de Diputados de la Nación y que camina al Senado para su aprobación modifica los procedimientos de desalojo en inmuebles urbanos y rurales.
Principales cambios en desalojos
Juicio sumarísimo: los procesos judiciales de desalojo pasan a tramitarse por la vía sumarísima —la más abreviada del Código Procesal— con un plazo estimado de hasta 10 días para concretar la restitución del inmueble.
Reemplazo de la caución real: se elimina la exigencia de constituir una garantía patrimonial o caución económica previa por parte del propietario, reemplazándola por una simple declaración jurada en la que el solicitante asume la responsabilidad por los daños de una medida indebida.
Reconocimiento judicial y excepciones: en casos de cambio de destino, deterioro de la propiedad, obras nocivas o uso abusivo, el juez debe realizar un reconocimiento dentro de las 72 horas asistido por el defensor oficial. Si hay menores, personas con discapacidad o adultos mayores en desamparo, se da intervención a organismos habitacionales sin que esto suspenda el desalojo.
También tendrá que disponer un plazo prudencial, que no excederá los diez días, para asegurar una alternativa habitacional transitoria, sin perjuicio de que el proceso continúe.
Sanciones por ocultamiento: se prevé una multa de hasta diez veces el alquiler mensual si se comprueba que el propietario logró la desocupación inmediata mediante el ocultamiento malicioso de hechos o documentos.
Expropiaciones y valuaciones: se endurecen los requisitos para las expropiaciones del Estado. La valuación del bien se calcula tomando como fecha base el día previo al anuncio oficial, indexada por el IPC más una tasa nominal activa del Banco Nación, con un tope de lucro cesante del 30%. Se prohíbe transferir el dominio al Estado antes de pagar la indemnización completa.
Restitución de la Ley de Tierras Rurales: Tras negociaciones en Diputados, se derogó el artículo 154 del DNU 70/2023 y se reincorporó la vigencia de la Ley 26.737 (de 2011), manteniendo el tope máximo del 15% para la titularidad de tierras rurales en manos extranjeras a nivel nacional, provincial y municipal.
Modernización del Registro Inmobiliario: Se reforma la Ley 17.801 para permitir la digitalización de procedimientos, el uso de firma digital y herramientas de trazabilidad en los asientos registrales.



