Dos policías fueron condenados por cobrarle 150 mil pesos a un hombre al que ayudaron a eludir una investigación penal en la que estaba imputado.

Se trata de Carlos Darío Santiago Romero de 42 años y de Pablo Godoy de 43, a quienes se les impuso la pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo, el pago de una multa de 100 mil pesos a cada uno y la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.

La pena fue impuesta por la jueza Rosana Carrara en el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos desarrollo en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.

El fiscal a cargo de la investigación es Ezequiel Hernández, quien destacó que “tanto Romero como Godoy reconocieron su culpabilidad y dieron su conformidad con el tipo de juicio desarrollado”.

Hernández informó que “Romero y Godoy fueron condenados por dos hechos ilícitos cometidos en septiembre del año pasado, mientras cumplían funciones en la Agencia de Investigaciones Criminales (AIC) de la policía provincial”.

El primero de ellos fue el viernes 11 de septiembre, precisó el fiscal. “En un allanamiento ordenado en el marco de una investigación por distintos delitos, los dos funcionarios policiales acordaron con el propietario del inmueble allanado el cobro de 150 mil pesos a cambio de que el hombre no sea detenido y de que no se le secuestren una camioneta y una moto que estaban en lugar”, detalló.

El otro ilícito por el que se condenó a los efectivos fue cometido el jueves 24 de septiembre. “Utilizaron información obtenida en ocasión de sus funciones, para ayudar a tres hombres –entre ellos, al que le habían cobrado los 150 mil pesos dos semanas antes– a eludir una investigación por el delito de asociación ilícita destinada a la comisión de robos calificados por la utilización de armas de fuego”, argumentó.

Romero también fue condenado por, junto con otros tres policías, dispararle con una escopeta a dos hombres que circulaban en una moto. En tal sentido, hizo hincapié en que uno de los hombres atacados sufrió heridas en distintas partes del cuerpo y especificó que “las dos víctimas fueron privadas ilegítimamente de su libertad”.

El fiscal precisó que tanto Romero como Godoy fueron condenados como coautores del delito de cohecho pasivo y como autores del delito de encubrimiento calificado (por la gravedad del delito precedente y por ser el autor funcionario público en ejercicio y con ocasión de sus funciones).

Por otra parte, concluyó que por lo ocurrido en enero de 2015, Romero también fue condenado como coautor de los delitos de abuso de armas, privación ilegítima de la libertad, apremios ilegales y falsedad ideológica en instrumento público calificado.