El presidente Javier Milei dispuso una nueva modificación en el esquema de aumentos a los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono, que regirán con un ajuste parcial a partir del 1° de noviembre.

La medida se oficializó a través del Decreto 782/2025, publicado en el Boletín Oficial con la firma del presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y el ministro de Economía, Luis Caputo.

El Gobierno dispuso que los impuestos a los combustibles se ajusten por inflación

 

Con esta norma, el Gobierno modificó el Decreto 617/2025, que había establecido la actualización automática por inflación desde noviembre, e introdujo un nuevo cronograma que difiere nuevamente parte de los incrementos pendientes.

Según el texto, el objetivo es “continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible”, por lo que se resolvió aplicar los aumentos en dos etapas durante noviembre y diciembre de este año.

Actualización por inflación y nuevas etapas de aumentos

 

El esquema actual continúa tomando como referencia la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica mensualmente el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec), tal como lo prevé la Ley 23.966. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la encargada de calcular los montos fijos actualizados en los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año.

Combustibles

De acuerdo con el Decreto 782/2025, la primera fase de incrementos regirá entre el 1 y el 30 de noviembre de 2025, con las siguientes subas en los impuestos:

- Naftas (sin plomo, con más de 92 RON y virgen): el impuesto a los combustibles líquidos se incrementará en $15,557 por unidad, mientras que el impuesto al dióxido de carbono lo hará en $0,953.

- Gasoil: el impuesto aumentará en $12,639, con un monto diferencial de $6,844 para las zonas comprendidas en el beneficio patagónico. Por su parte, el impuesto al dióxido de carbono subirá $1,441.

Los aumentos pendientes se trasladarán a diciembre

 

El segundo tramo del cronograma, que incluye las actualizaciones remanentes correspondientes al año 2024 y a los dos primeros trimestres de 2025, entrará en vigencia desde el 1 de diciembre de 2025.

Estos incrementos completarán el esquema de actualización previsto originalmente por el Decreto 501/2018, que fijó la metodología de ajuste trimestral por inflación.