La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme una condena a una mujer que fue acusada de haber abusado de su hija, a sus nueve años, en la ciudad de Casilda. La causa se inició el 28 de noviembre de 2018, cuando la niña ingresó a un hospital con lesiones en la zona pélvica y fue necesaria una intervención quirúrgica de urgencia.

Según aducía la defensa de la mujer, la niña se estaba bañando, se habría caído en la ducha y el golpe le habría provocado una hemorragia en la zona vaginal. Las pericias médicas sostuvieron que la lesión era producto de la introducción de un elemento fálico en la zona. 

El fallo quedó firme para Jorgelina Lucía Beatriz Suárez, madre de la nena, por los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por su ascendiente y contra una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente con la misma.

En noviembre de 2020 el Tribunal Pluripersonal de Juicio del Colegio de Jueces de Cañada de Gómez absolvió a la acusada. Consideraba acreditado el hecho, pero entendió que no había elementos para responsabilizarla por ello y ordenó seguir profundizando la investigación.

La fiscalía apeló aquella absolución, y en abril del 2021, el Tribunal Pluripersonal de Cámara Penal de Apelación de Rosario, por unanimidad, revocó la absolución y condenó a Suárez a la pena de doce años de prisión. Y con distinta integración, resolvió por mayoría confirmar la condena.

Luego hubo una nueva apelación, y la Corte Suprema de Santa Fe consideró que lo planteado por la defensa era un simple disenso a lo resuelto. También rechazó los cuestionamientos a la credibilidad del testimonio de la oficial que vio a la niña en el hospital y al interrogatorio que le hizo a la víctima por entender que se violaron los protocolos establecidos para el acceso a la justicia de las víctimas de abuso sexual.

El caso llegó por un recurso de queja de la defensa de la mujer ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y finalmente los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron la presentación por inadmisible, ratificando la condena a la mujer por los abusos a su hija.