El gobierno nacional busca eliminar la ley de etiquetado frontal de alimentos en el Congreso, una iniciativa que reabrió el debate sobre la utilidad de los octógonos negros en los envases. Ante ello, la Sociedad Argentina de Nutrición (SAN) convoca a autoridades y profesionales a una profunda revisión del Sistema de Perfil de Nutrientes incluido en el Etiquetado Frontal. 

Aseguran que los octógonos forman parte de la política alimentaria, “manteniendo y fortaleciendo otros componentes clave de la Ley 27.642 como los vinculados a la regulación de la publicidad, los entornos alimentarios escolares y la educación alimentaria y nutricional, todas ellas herramientas clave para promover una alimentación saludable”.

La Sociedad Argentina de Nutrición (SAN) participó activamente en la discusión parlamentaria que culminó en la sanción de la Ley 27.642  en noviembre de 2021. En el mismo año, un grupo de expertos elaboró un documento técnico sobre etiquetado frontal y perfil de nutrientes, que refleja la posición de la asociación civil

En aquel documento, se puso de manifiesto la necesidad de que el etiquetado frontal de alimentos asegure la rigurosidad y validez de la información provista a través de su sistema de perfil de nutrientes; la consistencia de la regulación con las necesidades de corrección de excesos y déficits del patrón alimentario de la población argentina y la necesidad de contar con una evaluación de su impacto en la calidad de dieta de la población.

Transcurridos cuatro años de su reglamentación, el Gobierno impulsó un nuevo proyecto que pretende derogar completamente la Ley 27642. La posición de la SAN sigue siendo la que fuera reflejada en el documento de 2021. 

“El etiquetado frontal de alimentos debe formar parte de la política alimentaria nacional y mantener coherencia con el resto de los instrumentos normativos y regulatorios que tengan como propósito producir un cambio positivo -saludable- del patrón alimentario de nuestra población. Caracterizado por la escasa diversidad y brechas de calidad de la dieta, que se transforman en factores determinantes de alta prevalencia de malnutrición por exceso y enfermedades crónicas no transmisibles”, aseguran.

“Como todo sistema, debe acompañarse de dos elementos centrales: su representación gráfica y un sistema de perfil de nutrientes basado en rigurosa evidencia científica. En el caso de Argentina, la representación gráfica elegida han sido los conocidos octógonos de advertencia (de energía, grasas, grasas saturadas, azúcares agregados y sodio) además de las leyendas precautorias de edulcorantes y cafeína. Representaciones similares, con algunas variantes, están en vigencia en otros países de la región”, agregaron.

Sin embargo, sostienen que el aspecto más discordante entre Argentina, la región y el mundo es el referido al sistema de perfil de nutrientes. Solo tres países: México, Colombia y Argentina adoptaron como criterio para sus respectivos etiquetados frontales el sistema propuesto por OPS y basado en umbrales móviles.

En el texto difundido, la SAN indica que la derogación de la Ley 27.642 afectaría otros capítulos de la normativa que regulan aspectos como la publicidad, promoción y patrocinio de alimentos y la promoción de la alimentación saludable en los establecimientos educativos. 

“Estos capítulos son relevantes —y deberían preservarse u optimizarse— para la adopción de regulaciones que cuiden los entornos alimentarios en que se desenvuelven los niños/as en sus hogares y en las escuelas a las que asisten”.

Por estos motivos la SAN invoca a las autoridades y a los profesionales y comunica a los medios de difusión y a la población en su conjunto la necesidad de rediscutir los mejores criterios científicos con base en la evidencia que permitan corregir las inconsistencias del etiquetado frontal en vigencia.