El Tribunal Oral Federal integrado por los jueces Ricardo Vázquez, Mario Gambacorta y Osvaldo Facciano dictó sentencia en un nuevo juicio por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar. En el proceso fueron juzgados cuatro integrantes de la estructura represiva que tuvo como principal centro de operaciones al Departamento de Informaciones D-2 de la Policía de Santa Fe.
El proceso iniciado en mayo pasado tuvo una característica inédita: por primera vez se abordaron delitos cometidos específicamente contra niños y niñas en el marco del terrorismo de Estado.
Los condenados son los exagentes de inteligencia Eduardo Enrique Riuli, Oscar Alberto Cayetano Valdez y Antonio Parvellotti, además del exsecretario judicial federal Víctor Hermes Brusa. Todos fueron hallados responsables de distintos delitos vinculados a secuestros, tormentos, allanamientos ilegales y abandono de niños en perjuicio de 34 víctimas.
El tribunal impuso una pena de 18 años de prisión a Parvellotti, 15 años a Riuli, 14 años a Brusa y 9 años a Valdez.
La investigación sostuvo que las víctimas eran secuestradas, mantenidas encapuchadas y esposadas, sometidas a torturas físicas y psicológicas y luego trasladadas a cárceles o dependencias judiciales donde eran obligadas a firmar declaraciones bajo amenazas y apremios ilegales.
Uno de los hechos más graves que se analizaron en el juicio ocurrió el 15 de febrero de 1980 en la localidad bonaerense de Lima. Allí, personal policial irrumpió sin orden judicial en una ladrillera y secuestró a Arnaldo Catalino Páez, a su esposa y al hijo mayor de la familia.
Como consecuencia del operativo, otros seis hijos del matrimonio, de entre un mes y medio y 12 años, quedaron abandonados. Según reconstruyó la fiscalía, los chicos debieron salir solos a buscar ayuda y sobrevivir como pudieron luego de encontrar su casa saqueada tras el procedimiento policial.
El juicio también abordó la persecución a trabajadores ferroviarios, militantes políticos y vecinos de Laguna Paiva, además de secuestros y torturas ocurridos en Esperanza, Santo Tomé, Ceres y otras localidades.
En su alegato, el abogado querellante de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), Federico Pagliero, sostuvo que los hechos debían ser considerados bajo la figura de genocidio. "Hubo un ataque discriminado hacia una parte del sector de la sociedad, del sector civil, que fueron los trabajadores, los obreros, en este caso los obreros de Laguna Paiva", afirmó el letrado.
Además, señaló que "sobradamente se ha acreditado la participación criminal de cada uno de los imputados", motivo por el cual la querella había solicitado la pena máxima de 25 años de prisión.
En la causa también estaba imputado Fernando Sebastián Mendoza, exjefe de la Comisaría XIII de Laguna Paiva, aunque no llegó a ser juzgado debido a que falleció antes del inicio del proceso oral.
La causa deriva del expediente conocido como “Laguna Paiva”, en el que ya habían sido condenados seis policías provinciales en 2021 por privaciones ilegítimas de la libertad y tormentos agravados.