Una jueza federal de Río Grande, Tierra del Fuego, ordenó a las empresas Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum detener el avance de las operaciones en el yacimiento Sea Lion, ubicado en la zona de las islas Malvinas. La medida cautelar de la magistrada Mariel Borruto exige la suspensión de las tareas de perforación, las instalaciones submarinas y el inicio de la fase de explotación del consorcio petrolero integrado por la firma británica y la israelí.
De esta manera, la jueza Borruto hizo lugar a la medida cautelar solicitada por las asociaciones de Abogados, Abogados/as y Profesionales Ambientalistas (AAdeAA) y el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), que litiga en este caso.
La Justicia reclamó a Rockhopper y Navitas que se abstengan de iniciar, continuar o ejecutar sus planes para el proyecto Sea Lion, a la vez que prohibió eventuales ampliaciones y tareas en los pozos o instalaciones integrados al emprendimiento.
La prohibición alcanza a la perforación del lecho o subsuelo marino, la instalación permanente de infraestructura submarina para extracción o producción, la colocación de conductos, líneas de flujo y estructuras de fondeo. Además, prohíbe la puesta en funcionamiento de unidades flotantes de producción, almacenamiento o descarga, el inicio de cualquier extracción comercial y también las obras terrestres y portuarias.
Además de ordenar la detención de las operaciones para extraer petróleo del lecho marino de la Cuenca Malvinas Norte, la resolución judicial impuso una intimación a las compañías demandadas para que, en un plazo no mayor a 10 días desde su notificación, presenten una declaración jurada acompañada por documentación fehaciente que exponga en detalle el estado actual del proyecto. Entre la información requerida se exige el cronograma completo de obras, construcción e instalación; la cantidad, ubicación y estado de los pozos; las unidades flotantes y equipos de perforación contratados; y el listado de los principales contratistas y subcontratistas involucrados.
El fallo ordena asimismo transparentar la estructura societaria montada para operar en Sea Lion, identificando a las entidades financieras y fondos de inversión que aportan capital, los desembolsos ya concretados o pendientes, las firmas aseguradoras y reaseguradoras, y los estudios de impacto ambiental que incluyan modelizaciones de derrames y planes de contingencia.
De igual manera, se solicitó precisar el mapa de obras e instalaciones terrestres y portuarias planificadas para dar apoyo logístico al emprendimiento.
La medida regirá hasta que se sustancie ante la autoridad ambiental nacional el procedimiento de evaluación de impacto ambiental previsto en la Ley 25.675, o hasta que el propio juzgado disponga lo contrario.
Con el objetivo de resguardar el material probatorio, la jueza ordenó a las empresas "preservar íntegramente" toda la documentación técnica, contractual, contable y ambiental, prohibiendo su destrucción, alteración u ocultamiento. En paralelo, el juzgado solicitó antecedentes e informes a la Secretaría de Energía, la Cancillería, la Jefatura de Gabinete, el Ministerio de Seguridad, la Procuración del Tesoro y la Procuración General.