El abogado Iván Carlos Méndez, detenido en septiembre pasado acusado de oficiar como mensajero de presos de alto perfil vinculados al narcotráfico, fue condenado por la Justicia Federal de Rosario a 6 años de prisión. Además, recibió una multa, la inhabilitación especial por 8 años para ejercer la profesión y fue declarado reincidente.

La sentencia, informa el sitio Fiscales.gob.ar, fue dictada por el juez federal de Garantías Carlos Vera Barros, que homologó un acuerdo pleno presentado por el Ministerio Público Fiscal y aceptado por el propio Méndez, actualmente alojado en el Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz.

El caso había tenido fuerte impacto porque la investigación lo ubicó como algo más que un abogado defensor: para los fiscales, Méndez usaba la matrícula y el acceso privilegiado a los penales para llevar y traer mensajes de internos sometidos a regímenes de aislamiento o de alto riesgo. Es decir, para mantener en funcionamiento estructuras criminales que, aun con sus jefes presos, conservaban capacidad de mando sobre bienes, negocios y personas en libertad.

La acusación fue sostenida por la Oficina de Narcocriminalidad del Área de Investigación y Litigio de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Rosario, representada por el fiscal Matías Mené, y por la Procuraduría de Narcocriminalidad, a cargo del fiscal Diego Iglesias, junto al secretario Matías Lucena Vernengo.

Durante las audiencias, realizadas entre el 31 de marzo y el 16 de abril, la Fiscalía expuso como evidencias intervenciones telefónicas, registros de visitas penitenciarias y documentación secuestrada. Ese material, según el MPF, permitió reconstruir el rol de Méndez como nexo entre presos de alto perfil y sus entornos externos.

Entre los internos con los que mantenía contacto aparecieron nombres conocidos del crimen organizado de Rosario y Buenos Aires: Julio Andrés Rodríguez Granthon, condenado por narcotráfico y señalado como uno de los grandes abastecedores de cocaína en Rosario; Mario Roberto Segovia, el “Rey de la Efedrina”; Martín Lanatta, condenado a prisión perpetua por el triple crimen de General Rodríguez; Uriel Luciano Cantero, de la banda de Los Monos; César Morán de la Cruz, referente narco del barrio Padre Carlos Mugica de la ciudad de Buenos Aires; y Cristian “Pupito” Avalle, condenado a perpetua e identificado como jefe de una estructura ligada a Los Monos.

Méndez fue condenado por los delitos de asociación ilícita; encubrimiento agravado por ánimo de lucro y habitualidad; lavado de activos agravado por haber sido cometido como integrante de una banda; tenencia de estupefacientes con fines de comercialización; confabulación de dos o más personas para el tráfico de drogas; y acopio de piezas y municiones de armas de fuego. Todos los delitos fueron considerados en concurso real.

Según la acusación, el abogado integró esa asociación ilícita al menos entre el 29 de enero y el 17 de septiembre de 2025, día en que fue detenido. El objetivo del grupo, de acuerdo con la Fiscalía, era mantener activa la disposición sobre bienes de origen ilícito y sobre actividades criminales de distintas organizaciones, a través del intercambio de información, la retransmisión de mensajes y gestiones realizadas por Méndez.

El caso ya había sido presentado por Rosario3 como el del “abogado mensajero”. Méndez fue detenido cuando salía del penal de Ezeiza, donde había visitado a César Morán de la Cruz, conocido como “Loco César”. En aquel operativo le secuestraron teléfonos y cartas que, según la investigación, debían ser entregadas a personas del entorno del detenido.

La pesquisa también mostró que su actividad era habitual. Méndez visitaba cárceles federales donde se encuentran alojados presos bajo el Sistema Integral de Gestión para Personas Privadas de la Libertad de Alto Riesgo. Ese régimen busca justamente restringir la capacidad de comunicación de internos considerados peligrosos o con poder de mando sobre organizaciones criminales.

Para los fiscales, el abogado no usaba esas entrevistas para diseñar estrategias jurídicas ni para ejercer una defensa técnica, sino para garantizar comunicaciones prohibidas o restringidas. En esa lógica, su condición profesional le permitía entrar donde otros no podían y trasladar mensajes sin pasar por los controles ordinarios.

Entre los hechos puntuales atribuidos a Méndez, la Fiscalía mencionó la triangulación sistemática de comunicaciones entre Rodríguez Granthon y su pareja, Lucila R., quien le informaba sobre alquileres y propiedades vinculadas al patrimonio del condenado. También se le achacó haber actuado como enlace con allegados de Morán de la Cruz en el barrio Padre Mugica, en Retiro, para transmitir información y coordinar gestiones.

Otra de las maniobras señaladas fue la intermediación para que Mario Segovia analizara la compra de un campo perteneciente a Morán de la Cruz. Además, entre febrero y agosto de 2025, Méndez habría intervenido en la venta de una casa de Rodríguez Granthon a Uriel Cantero por 15 mil dólares y en la entrega de un Fiat Cronos modelo 2021.

El 17 de septiembre de 2025, cuando fue detenido, la Policía Federal allanó su domicilio de Flor de Otoño al 400, en el barrio Padre Mugica, ex Villa 31, en la ciudad de Buenos Aires. Allí se secuestraron 10,8 gramos de cocaína, una balanza de precisión, piezas de una carabina Anderson AM-15 calibre .223 con numeración suprimida, un cargador de pistola Glock calibre 9 milímetros y tres cajas de municiones.

Ese hallazgo agravó la situación del abogado. En el domicilio también se encontraron 120 municiones y piezas para el armado de un fusil de asalto AR-15, similares a las que, según investigaciones previas de Procunar, importaba y contrabandeaba Mario Segovia desde el penal de Ezeiza. Por esa maniobra, el “Rey de la Efedrina” recibió en abril de 2025 una nueva condena a 13 años de prisión.

Además de la pena de prisión y la inhabilitación profesional, la resolución judicial dispuso decomisos. Se ordenó la destrucción de la droga, la balanza, las piezas del arma, el cargador y las municiones. También fueron decomisados 240.700 pesos y dos vehículos —un auto y una camioneta—, que quedarán a disposición de la Unidad de Información Financiera.

La Justicia también dispuso la destrucción de teléfonos celulares, una notebook, relojes inteligentes y otros dispositivos electrónicos secuestrados durante la causa.

Para el Ministerio Público Fiscal, el caso expuso una forma concreta de vulneración del aislamiento carcelario: el uso abusivo de la profesión para conectar a presos de alto perfil con sus estructuras externas. En otras palabras, la cárcel no funcionaba como límite real para la toma de decisiones criminales si existía un intermediario con acceso regular a los pabellones y capacidad de transmitir órdenes o información hacia afuera.

La condena a Méndez cierra, al menos en esta instancia, una investigación que puso el foco sobre un problema que la Justicia Federal y las áreas especializadas en narcocriminalidad vienen señalando desde hace tiempo: la capacidad de las organizaciones criminales para adaptarse a los controles penitenciarios y buscar canales alternativos de comunicación, incluso a través de personas que, en principio, deberían intervenir para garantizar derechos y no para sostener negocios ilícitos.