Un dictamen de un fiscal federal señaló que un grupo de personas que ocupó y construyó viviendas precarias en un terreno de Pérez bajo el tendido eléctrico de la empresa Transener no cometió delito alguno y pidió que el Estado arbitre los medios para que esas familias sean relocalizadas a un lugar seguro

El fiscal federal Javier Arzubi Calvo llegó a esa conclusión luego de llevar a cabo un proceso en el que personal del Ministerio Público Fiscal (MPF) visitó el lugar junto a autoridades provinciales y municipales -con quienes buscó una solución habitacional- y de la empresa concesionaria del transporte de energía eléctrica Transener, conoció a las familias y les informó sobre la situación de peligro. Por ello, pidió que se desestime la denuncia penal promovida contra esas personas por usurpación y por entorpecer el transporte de energía.

El 14 de enero, la empresa Transener, firma dedicada al concesionario del servicio de transporte público de energía eléctrica de alta tensión, denunció que se habían construido incipientes y precarias viviendas dentro de dos líneas de alta de tensión de 220 kv. y 500 kv ubicadas entre Pérez y Funes.

A raíz de esta denuncia, la fiscalía federal promovió acción penal ante la presunta comisión de delito y dio intervención a la División Operativa de la Policía Federal. De esta manera, a través de averiguaciones se confirmó que los terrenos eran propiedad del Estado Nacional y se determinó la existencia de viviendas irregulares en la zona de seguridad del tendido eléctrico de las antenas de 220 kilovoltios, señaló el portal Fiscales.

A raíz de la determinación de un potencial peligro para salud de los habitantes de la zona, Arzubi Calvo solicitó al Juzgado federal Nº 4 una serie de medidas para resguardar a la población alojada en la zona. Transener informó que la descarga a tierra de energía eléctrica generaría un accidente fatal y ejemplificó que eso podría ocurrir con "voladuras de chapa, el vuelo de un barrilete, o cualquier otro elemento que interfiera en los cables".

En ese marco, se ordenó a la Agencia de Hábitat de la Ciudad de Pérez y a la Secretaria de Hábitat, Urbanismo y Vivienda del gobierno de la provincia de Santa Fe, que en un plazo de 30 días a contar desde la recepción del oficio respectivo procediera a una evaluación de una alternativa habitacional tendiente a la relocalización de las familias que residen en la zona mencionada y medidas para evitar el posterior ingreso de personas. Además, solicitó que los organismos indicados informen resultados respecto a los pedidos y se abstenga de la utilización de la fuerza pública.

Tras ese pedido, en febrero el juzgado le marcó al Ministerio Público que debía determinar concretamente la viabilidad de las intervenciones de los organismos mencionados así como también cómo se encuentra compuesto el grupo de personas o familias respecto de las cuales solicita el desalojo.

Posteriormente, el la Fiscalía requirió a la Municipalidad de Pérez un relevamiento de las viviendas y que se proceda a evaluar y determinar alternativas habitacionales para relocalizar a las personas que se encuentran allí viviendo. Además, se le informó a esa dependencia que se encontraba autorizada para coordinar acciones con la Secretaria de Hábitat, Urbanismo y Vivienda del gobierno de la provincia de Santa Fe.

Con estos datos, la fiscalía luego visitó el lugar, conoció a las familias y se reunió con las autoridades municipales y provinciales y de la empresa Transener, lo cual le permitió dictaminar por la desestimación de la denuncia penal y solicitar las medidas necesarias para la relocalización de las personas.

Arzubi Calvo evaluó que "del análisis de los elementos probatorios reunidos hasta el momento, no surge que la presencia de las viviendas en la zona de seguridad que rodea las torres de alta tensión impida, de algún modo, el normal transporte de energía, ni que se vean antorpecidas las tareas de control y mantenimiento de las referidas líneas".

El dictamen de Arzubi pide que, de ser relocalizadas las familias, no intervenga la Policía

En igual sentido, sostuvo que no puede imputarse el delito de usurpación de los terrenos del Estado cuando el propio Estado incumplió la realización de acciones positivas para que esas personas accedan al derecho constitucional y convencional a la vivienda.

"La presencia de estas familias asentadas en viviendas precarias en las inmediaciones de las torres de la empresa Transener SA se debe a la imposibilidad de poder acceder a una vivienda digna debido al estado de necesidad de las mismas generado por el problema habitacional", indicó el fiscal. Y pidió "se arbitren los medios necesarios para resolver la problemática habitacional de las familias mencionadas" y que “no intervenga personal policial para la resolución de los hechos".