Carlos Jesús Fernández, alias Pelo Duro, fue condenado este miércoles a la pena de 18 años de prisión efectiva en un juicio abreviado en la sala 4 de la Oficina de Gestión Judicial del Centro de Justicia Penal Rosario. Se trata del joven cuyo nombre y apodo trascendieron por una saga de delitos en República de la Sexta cuando era adolescente y cayó en Funes a fines de 2017 por causas de robo calificado y homicidio.

Los jueces María Trinidad Chiabrera, Ramón Lanzon y Héctor Nuñez Cartelle resolvieron homologar el procedimiento abreviado presentado por la Fiscalía y aceptado por la Defensa.

Fue condenado a una pena de 11 años de prisión de cumplimiento efectivo y declaración de reincidencia por los delitos de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, portación ilegítima de arma de fuego de guerra y lesiones leves agravadas por el uso de arma de fuego en calidad de autor, unificándose con una condena anterior de 7 años de prision efectiva quedando en la pena única de 18 años de prisión efectiva.

Según detalló el Ministerio Público de la Acusación (MPA), el fiscal Adrán Spelta de la Unidad de Homicidio Dolosos le imputó un homicidio ocurrido en mayo de 2017 cuando Pelo Duro arribó a Colón al 3800 junto a otros dos hombres y disparó contra Cristian Ferreyra, dándose a la fuga en auto. La víctima fue trasladada al Hospital de Emergencias Clemente Álvarez (Heca) donde falleció producto de las heridas en zona del tórax. En el mismo hecho resultó herida una chica.

La justicia rosarina recordó que el 27 de febrero de 2019 el juez Juan Andrés Donnola en audiencia de procedimiento abreviado resolvió condenar a Carlos Jesús Fernández a la pena única de 12 años de prisión efectiva, la resolución de dicha audiencia fue apelada en Cámara por el fiscal Adrian Spelta.

La Cámara resolvió invalidar la condena dictada el 27 de febrero de 2019 y envió nuevamente que se resuelva el procedimiento abreviado frente a un Tribunal de Primera Instancia.

En fecha 10 de Junio de 2014 Pelo Duro fue condenado a 7 años de prisión efectiva por los delito de encubrimiento en calidad de autor, robo agravado por la participación de menores de edad en calidad de coautor, robo calificado por el uso de arma de fuego y portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal en carácter de autor, por esta condena se unificó ahora a la pena única de 18 años de prisión efectiva.