La camarista Carolina Hernández dictó este lunes una resolución clave en la causa por asociación ilícita que tiene como principal imputado al exfiscal Mariano Ríos Artacho, quien está acusado por el desvío de al menos 425 millones de pesos de cuentas judiciales. Por un lado, ratificó la calificación legal y las prisiones preventivas efectivas de los involucrados, y por el otro, consideró “auspicioso” que el propio Ministerio Público de la Acusación (MPA) haya expuesto las falencias de sus mecanismos de control y depure las responsabilidades que correspondan.

En un fallo de 22 fojas, la jueza confirmó íntegramente la prisión preventiva para el exfiscal Ríos Artacho, el abogado Emilio Barcaccia, Fabricio Romero, Gustavo Cesaretti y Julio Mercado, quienes habían apelado la resolución de primera instancia.

A través del documento, rechazó la postura planteada por las defensas de analizar de forma aislada las llamadas, viajes, transferencias o lazos de amistad entre los distintos imputados con el exintegrante del Ministerio Público de la Acusación. Sostuvo que la asociación ilícita no requiere un contrato formal y puede demostrarse a través de una secuencia organizada de maniobras.

Hernández acreditó un esquema criminal –expuesto por los fiscales Adrián Spelta y Carla Cerliani–, cuya metodología constaba de cinco fases. Una era la identificación de fondos en cuentas judiciales que tenía a su cargo el por entonces fiscal. Otras, la confección de oficios para dar legalidad a la extracción del dinero, la utilización de cuentas receptoras propias, de terceros o familiares, circulación y reenvío parcial del dinero –a veces retornaba a Ríos Artacho– y la recomposición de saldos en las cuentas judiciales cuando era necesario.

Dentro de esta estructura, la camarista confirmó la jefatura del exfiscal, que tuvo un rol central, transversal, por las facultades institucionales que ejercía en ese momento. Agregó que su alegada ludopatía podría explicar la motivación de las maniobras, pero no desarticula ni excusa la ejecución sostenida en el tiempo del plan criminal.

Además, indicó que los involucrados no podían desconocer las maniobras en las que participaron, ya que hubo indicadores objetivos como el uso de CBU vinculados a carátulas de causas judiciales y recepción de fondos por “reparaciones” o “restituciones”.

En paralelo, la jueza expresó: “Considero auspicioso que sea el propio Ministerio Público de la Acusación quien investigue hechos que se vislumbran producidos en su seno, exponga las falencias de sus mecanismos de control y procure determinar y depurar las responsabilidades que correspondan, sin ocultar ni minimizar las prácticas espurias que pudieran haber aprovechado esas debilidades o déficits orgánicos. El saneamiento institucional no se obtiene ocultando las falencias, sino identificándolas, investigándolas, corrigiéndolas, y en su caso, sancionándolas”.