El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi sobreseyó al exdirector de la AFI en el macrismo Gustavo Arribas, a su segunda Silvia Majdalani y otros dos imputados en una investigación por presuntas maniobras de inteligencia ilegal durante la cumbre de la Organización Mundial de Comercio en 2017 y el G20 en 2018 al concluir que no hubo delito.
Para la justicia federal, las tareas que desarrolló la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) antes y durante la realización de dos cumbres internacionales –que incluyeron la confección de un semáforo de periodistas según su afinidad ideológica con el gobierno de Mauricio Macri– estuvieron justificadas y fueron proporcionadas con el riesgo que ambos eventos entrañaban. Desde el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) confirmaron que recurrirán la decisión para que no se consolide un escenario de impunidad.
El 5 de junio de 2020, la entonces interventora en la AFI, Cristina Caamaño, denunció que había hallado fichas que habían confeccionado sus antecesores sobre personas que iban a participar de la cumbre de la Organización Mundial del Comercio (OMC) –en 2017– y del G20 –en 2018–. Entre el material, se encontraban también algunos informes sobre partidos políticos, como uno que ponía la mira en el Partido de los Trabajadores Socialistas (PTS), cuya referente es Myriam Bregman.
Para Caamaño, lo encontrado era prueba de que la AFI macrista había violado el artículo 4 de la Ley 25.520, que establece que los organismos de inteligencia no pueden “obtener información, producir inteligencia o almacenar datos sobre personas, por el solo hecho de su raza, fe religiosa, acciones privadas, u opinión política, o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias, cooperativas, asistenciales, culturales o laborales, así como por la actividad lícita que desarrollen en cualquier esfera de acción”.
La fiscala Paloma Ochoa estuvo de acuerdo con ese diagnóstico. La representante del Ministerio Público pidió, por eso, la indagatoria de Arribas, Silvia Majdalani, el exdirector operacional de Contrainteligencia Martín Coste y el exdirector de Eventos Especiales Carlos Tonelli Banfi.
Inicialmente, la causa había quedado radicada en el Juzgado Federal 11, que se encuentra vacante desde que murió Claudio Bonadio. Sin responder al pedido de la fiscal, Julián Ercolini –que subrogaba en ese juzgado– decidió remitirle el expediente a su colega Marcelo Martínez de Giorgi, que había quedado a cargo de dos causas que habían llegado desde la jurisdicción de Lomas de Zamora: la que estaba centrada en el espionaje contra Cristina Fernández de Kirchner en el Instituto Patria y la que abordaba las andanzas de los espías conocidos como Súper Mario Bros.
Martínez de Giorgi decidió sobreseer a Arribas y al resto de los imputados. El juez entendió que la intervención de la AFI se produjo después de una comunicación recibida por el Ministerio de Seguridad, que entonces comandaba Patricia Bullrich, en la que se requería averiguar quiénes pretendían participar de las reuniones y se advertía de los potenciales riesgos. “La naturaleza de tales intervenciones, adecuadas entonces a las previsiones de la Ley Nacional de Inteligencia N° 25.520, habilitaban su realización sin orden judicial”, señaló el juez.
Para Martínez de Giorgi, la envergadura de los eventos –por su relevancia y el nivel de exposición de los participantes– así como las tensas situaciones de protesta que se venían registrando desde mediados de los ‘90 en otras partes del mundo “describen un escenario en el que, prima facie, la actuación funcional de la Agencia Federal de Inteligencia –hoy, SIDE– se encuentra objetivamente justificada”.
Para el juez, que la AFI haya tenido acceso a 403 fichas de inscriptos no implica que haya tenido un rol en la acreditación. En esas fichas se consignaba, por ejemplo, si alguien era crítico del macrismo, del kirchnerismo o si se fotografiaba con Estela de Carlotto, presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo. Esa información se conseguía revisando redes sociales, lo que para el magistrado no puede ser considerado una invasión a la intimidad. Esas fichas después fueron ordenadas según un semáforo: dos en rojo, 58 en amarillo y el resto en verde.
Tampoco fue considerado un problema que las fichas y los informes se hayan encontrado en la oficina que solía ocupar Martín Coste en la AFI. El almacenamiento no puede reputarse delictivo, puede leerse en la resolución a la que tuvo acceso este diario.
De acuerdo con la mirada de Martínez de Giorgi, también se justificó que la AFI produjera inteligencia sobre un plenario de organizaciones que se hizo en el Bauen porque “se estaba gestando la organización de actividades para entorpecer el normal funcionamiento” de las conferencias.
“La crítica central tiene que ver con que el juez consideró que las tareas de inteligencia estaban justificadas en temores de las autoridades de Argentina de que replicaran supuestos hechos de violencia que se habrían dado en otras cumbres de la OMC. Sin embargo, aquellos supuestos hechos de violencia que refirieron las autoridades no tenían ninguna relación con el tipo de tareas de inteligencia desplegadas por la AFI, que recopiló, clasificó y perfiló a periodistas y representantes de organizaciones a partir de sus mensajes o intervenciones políticas y/o sociales”, explica Diego Morales, director de Litigio del CELS.
“En todo caso, todos recordamos que los operativos de seguridad desplegados en la Ciudad en ocasión de la cumbre de la OMC y del G20 tampoco permitieron el ejercicio de cualquier tipo de movilización o protestas vinculadas a esos encuentros. Insistimos, las tareas de inteligencia tuvieron un objetivo distinto, vinculado con las opiniones e ideas de las personas que querían cubrir aquellos eventos o participar de las conferencias de la OMC. El juez niega también que la información relevada tuviese que ver con aquellas opiniones o ideas de periodistas y referentes, sin embargo, los perfiles elaborados se relacionan con ello. Por cierto, el juez dice, como si fuera legal, que las tareas de inteligencia se desarrollaron sobre contenidos en redes sociales y en información provista por agencias estatales, o sea, banco de datos, que están alcanzados por la ley de datos personales. Por estas razones, vamos a plantear una apelación de la medida, de manera tal de evitar que se consolide un escenario de impunidad”, concluye Morales.
Las causas sobre el espionaje macrista fueron cayéndose como un castillo de naipes en los tribunales de Comodoro Py. De hecho, Martínez de Giorgi citó el voto del camarista Guillermo Yacobucci en el fallo que benefició al propio Macri por la vigilancia sobre las familias de los submarinistas del ARA San Juan. Como en ese caso, en éste tampoco se puso en duda que las tareas de la AFI existieron. En ambos, el Poder Judicial las justificó.


