La Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario revocó este jueves la decisión de primera instancia que había rechazado el pedido de la Fiscalía de citar a declaración indagatoria a Dolly Viale de Garrido, en una causa iniciada por Carlos Fargioni por una presunta sustracción de identidad vinculada con su nacimiento en Rosario en 1978. En consecuencia, ordenó al juez que convoque a indagatoria a la partera de 88 años, que se desempeñó en el Hospital Roque Sáenz Peña en la década del 70 y fue acusada en otros casos de presunta supresión y alteración del estado civil y de la identidad.
La de Fargioni es una de las ocho denuncias que abarcan el período comprendido entre 1960 y 1980, cuando Dolly Viale desempeñaba labores en el Roque Sáenz Peña. Se trata de una de las causas que se tramitan bajo el viejo sistema inquisitivo, a diferencia de otras del nuevo modelo acusatorio en las que la obstetra también fue imputada semanas atrás con cargos similares.
El caso que resolvió la Cámara en las últimas horas se originó a partir de las dudas de Carlos Fargioni sobre su identidad biológica. Un estudio de ADN excluyó que las personas identificadas como su madre y su padre fueran sus progenitores biológicos. Además, su partida de nacimiento indica que el nacimiento fue certificado por Viale, quien se desempeñó durante años como obstetra del Hospital Roque Sáenz Peña de Rosario.
La Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad (Conadi) informó, además, sobre otras siete personas con dudas sobre su identidad cuyas partidas también fueron firmadas por Viale.
La Cámara consideró que el juez de primera instancia había rechazado el pedido fiscal apoyándose en antecedentes que no resultaban equiparables a este expediente. Destacó especialmente que Fargioni manifestó expresamente su voluntad de que la investigación penal continúe y que incluso se constituyó como querellante. También señaló que el resultado negativo obtenido en el Banco Nacional de Datos Genéticos —que descartó por el momento una vinculación con hijos de desaparecidos— no agotó el objeto de la investigación, porque la causa busca determinar qué ocurrió con su identidad y filiación.
Otro punto relevante es que la Cámara entendió que el delito investigado no está prescripto. Citó jurisprudencia de la Corte Suprema según la cual la retención y ocultamiento de un menor de diez años tiene carácter permanente, criterio que también alcanza a la sustracción. Asimismo, sostuvo que corresponde que el caso continúe en la Justicia Federal.
Para la Cámara, los elementos reunidos como prueba en la causa generan el grado de sospecha suficiente exigido por el Código Procesal Penal de la Nación para recibir declaración indagatoria. Esto no implica que Viale haya sido declarada culpable ni procesada: significa que, según el tribunal, existen elementos suficientes para que sea formalmente interrogada como imputada y pueda ejercer su defensa.
Por eso, la Cámara resolvió revocar un decreto del 7 de abril pasado y ordenar al juez de primera instancia que reciba declaración indagatoria a Dolly Viale.