El Gobierno Nacional promulgó la Ley 27.801, conocida como el nuevo Régimen Penal Juvenil, que baja la edad de imputabilidad de 16 a 14 años y establece otros cambios significativos, como un sistema de penas graduadas.

Durante el periodo de sesiones extraordinarias del 27 de febrero, el Senado aprobó la iniciativa en una votación con 44 votos positivos y 27 negativos. Así, La Libertad Avanza (LLA) logró un nuevo triunfo legislativo.

Bolivia, Chile, Colombia, Paraguay, Perú, Venezuela y República Dominicana tienen fijada la edad de imputabilidad en 14 años, mientras que Brasil, Ecuador, Costa Rica, El Salvador y Panamá inician en los 12 años. En ambos casos, el tratamiento de los niños y jóvenes que cometen delitos se basa en impartir medidas socioeducativas que priorizan su reinserción en la sociedad.

Originalmente, el oficialismo había impulsado el proyecto que fijaba la edad de imputabilidad en los 13 años. Sin embargo, en el marco de una compleja "negociación parlamentaria" con los bloques dialoguistas, el Ejecutivo aceptó elevar el piso a los 14 años con el objetivo de destrabar el consenso político y garantizar los votos necesarios para la media sanción en la Cámara de Diputados.

Con esta modificación, el Gobierno se aseguró el respaldo de aliados estratégicos como el PRO y la UCR. Desde estos espacios señalaban que el límite de los 14 años representaba un punto de equilibrio más sólido, alineando la legislación local con los estándares de la mayoría de los países de la región.

Los cambios más significativos
 

  • Baja de la edad de imputabilidad. Es el eje central de la reforma. La edad mínima de responsabilidad penal baja de 16 a 14 años. Esto significa que los adolescentes de 14 y 15 años podrán ser juzgados y condenados por delitos tipificados en el Código Penal, algo que hasta hoy no era posible.
  • Escala de penas y límites máximos. El proyecto establece un sistema de penas graduado para evitar que los menores reciban el mismo trato que un adulto. Se prohíbe explícitamente la prisión perpetua y se fija un tope de 15 años de prisión para delitos graves (homicidios, violaciones, secuestros o robos con armas). Para chicos de 14 años, la pena se reduce a la mitad (mínimo y máximo); y para chicos de 15 años, la pena se reduce en un tercio. Para delitos con penas menores a 3 años, no se aplicará la privación de la libertad.
  • Medidas alternativas y justicia restaurativa. Para delitos que no revistan extrema gravedad (penas menores a 10 años que no incluyan muerte o lesiones gravísimas), se priorizan sanciones no carcelarias como servicios a la comunidad; prohibición de acercamiento a las víctimas o de concurrir a ciertos lugares; y monitoreo electrónico.
  • Mediación penal. Se habilita la resolución de conflictos mediante el diálogo entre el joven y la víctima (con consentimiento de esta última).
  • Condiciones de detención y centros especializados. La ley prohíbe terminantemente que los menores convivan con detenidos adultos. Se crearán centros de detención especializados con personal capacitado en niñez y adolescencia. El enfoque debe ser socioeducativo, garantizando el derecho a la educación, salud y tratamiento de adicciones.
  • El rol de la víctima. El nuevo régimen otorga a las víctimas un papel activo en el proceso. Tienen derecho a ser informadas de cada avance, a ser escuchadas antes de que el juez tome decisiones importantes (como excarcelaciones) y a recibir asistencia psicológica y jurídica gratuita.