Afip suspende ejecuciones fiscales y embargos: a quiénes alcanza el alivio

La Resolución General será publicada en el Boletín Oficial y tendrá vigencia a partir del 1° de febrero

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), anunció que suspende hasta el 31 de julio de 2024, inclusive, la iniciación de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares. La Resolución General será publicada en el Boletín Oficial y tendrá vigencia a partir del 1° de febrero.

La norma alcanza a las micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro y contribuyentes del sector salud.

La medida venía siendo muy reclamada por las pymes. Se trata de un alivio para las empresas que tenían como opción ingresar a los planes de pago permanentes, para los cuales el organismo había anunciado una rebaja de los intereses resarcitorios al 50% y el 60% de la tasa habitual para los retrasos en los pagos.

La Afip publicó la resolución 5841/2024 que reduce la tasa de los planes al 50% y el 60% de los intereses resarcitorios que comenzarán a regir también desde este jueves. Serán del 15% mensual para cualquier retraso simple en el pago, y del 18% mensual cuando el organismo debe iniciar acciones judiciales.

No se descarta que durante el período de sesiones ordinarias del Congreso, el Gobierno vuelva a mandar el proyecto de moratoria fiscal, que sacó de la ley ómnibus.

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