El gobierno prorrogó por 90 días la concesión de la Hidrovía

La resolución fue firmada por Gabriel Katopodis y señala que la "decisión podrá ser revocada en cualquier momento"

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El gobierno nacional decidió este miércoles prorrogar por 90 días la concesión a Jan de Nul la Hidrovía, cuya vigencia era hasta el viernes próximo. Así se desprende de la resolución 129 rubricada por Gabriel Katopodis, la primera gran decisión del recién asumido "transitoriamente" también como ministro de Transporte tras la muerte de Mario Meoni. 

Desde algunos sectores del oficialismo buscan que el Estado retome el control de la Hidrovía, un millonario y estratégico negocio que se encarga del dragado, balizamiento, mantenimiento y peaje de las vías navegables de los ríos Paraná y de la Plata. Meoni era uno de los principales sostenedores de mantener la Hidrovía en manos de empresas privadas.

La resolución establece que "el Contrato de Concesión de obra pública por peaje para la modernización, ampliación, operación, y mantenimiento del sistema de señalización y tareas de dragado y redragado y mantenimiento de la Vía Navegable Troncal aprobado por el Decreto Nº 253/95 con sus actos modificatorios y complementarios, desde la terminación del plazo contractual y por el término de NOVENTA (90) días".

"Esta prestación se efectuará con carácter precario y podrá ser revocada, en cualquier momento sin que se genere derecho subjetivo, derecho en expectativa o precedente invocable alguno a favor del operador ni reconocimiento de suma alguna por la eventual revocación anticipada al plazo previsto", señala en su artículo N°°.

En el segundo artículo de la resolución señala que "durante el plazo que se extienda esta situación, el operador deberá prestar el servicio y demás obligaciones de conformidad con los términos constitutivos del Contrato de Concesión, aprobado por el Decreto Nº 253/95 y el acta acuerdo de renegociación, aprobada por el Decreto Nº 113/10, incluyendo el mantenimiento de la vigencia de las garantías correspondientes y las tarifas vigentes. El servicio involucrado deberá prestarse en condiciones de regularidad, continuidad, igualdad y obligatoriedad, bajo el control y fiscalización de la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS, VÍAS NAVEGABLES Y MARINA MERCANTE de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE".

La resolución debe notificarse al Consejo Federal Hidrovía, a la Comisión Bicameral de Reforma del Estado y Seguimiento de las Privatizaciones (Ley N° 23.696) del Congreso de la Nación, y a Hidrovía SA.

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