El decreto del gobernador Omar Perotti dispuso que desde el sábado 29 de agosto y por el término de 14 días corridos, en el ámbito de las localidades del departamento Rosario y también en Pujato, Coronel Amold, Villa Constitución, Venado Tuerto y Firmat, no podrán realizarse más allá del horario de las 19.30 horas, ningún día de la semana, las actividades oportunamente habilitadas durante la vigencia del "aislamiento, social, preventivo y obligatorio" y el "distanciamiento social, preventivo y obligatorio.

La medida abarca al comercio mayorista y comercio minorista de venta de mercaderías de rubros esenciales y no esenciales, con excepción de las farmacias de turno.

Las salidas breves para caminatas de esparcimiento también quedarán suspendidas desde las 19.30 todos los días de la semana, agrega el decreto y aclara en su artículo tercero que “la utilización de los espacios públicos para la realización de actividades deportivas y recreativas habilitadas, en las localidades comprendidas del decreto, estará limitada a aquellas que impliquen circular sin detenerse y sin hacer uso de la infraestructura fija de los mismos”.

El decreto establece también que “con posterioridad a los horarios establecidos (19.30), los desplazamientos de las personas en las localidades comprendidas, deberán limitarse estrictamente a los necesarios por razones de salud o de fuerza mayor, o para el retorno a sus domicilios, siendo obligatorio en todos los casos el uso de elementos de protección de nariz, boca y mentón correctamente colocados”.

Fuentes de la Municipalidad de Rosario, dijeron a Rosario3 que la ciudad adhiere al decreto provincial y se aplicará la normativa tal como establece el texto firmado por el gobernador Omar Perotti.

El resto de las actividades incluidas

Los locales gastronómicos (bares, restaurantes, rotiserías, heladerías, y otros de venta de productos alimenticios elaborados) “solo podrán permanecer abiertos hasta las 23 horas para brindar los servicios de envío a domicilio, y hasta las 22 horas bajo la modalidad "para llevar" ("take away"), con la dotación mínima de personal estrictamente necesario a esos fines”.

También deberán cerrar a las 19.30 los shoppings y no podrá haber actividades religiosas individuales y reuniones o ceremonias grupales, en iglesias, templos y lugares de culto, correspondientes a la Iglesia Católica y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos.

El decreto también incluye la suspensión desde las 19.30 del ejercicio de profesiones liberales; actividad inmobiliaria y mudanzas; obras privadas, la actividad laboral de las empleadas y empleados de casas particulares; actividades administrativas de sindicatos, entidades gremiales empresarias, obras sociales, cajas y colegios profesionales, administración de entidades deportivas, y la actividad administrativa y académica de universidades nacionales y privadas con sedes en el territorio provincial, incluidos los exámenes presenciales que hubieren sido autorizados.

No podrán permanecer abiertos desde las 19.30 los gimnasios, a los fines de la práctica de actividades deportivas y físicas ni tampoco se podrá concurrir a los cementerios.

El decreto de Perotti también incluye dentro de las suspensiones vespertinas “museos, bibliotecas y lugares recreativos de divulgación científica públicos o privados; pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, navegación recreativa y actividades de guarderías náuticas y clubes deportivos vinculados a las mismas; actividad a distancia de artistas en salas de grabación y ensayo; preproducción, producción y postproducción de audios o audiovisuales; actividad artística y artesanal a cielo abierto, en plazas, parques y paseos”.

El decreto