El gobierno provincial anunció las nuevas medidas para actividades comerciales para los departamentos Rosario, San Lorenzo, Constitución, Caseros y General López.

Regirán desde este sábado 19 por 7 días.

No podrán realizarse, las siguientes actividades:

-Actividades comerciales de shoppings, peatonales y galerías.

-Locales gastronómicos. Bares, restaurantes, rotiserías, heladerías.

-Comercios mayoristas y minoristas de rubros no esenciales de más de 100 m2.

-Actividades religiosas, cultos, reuniones o ceremonias de más de 10 personas.

-Servicios de personal doméstico.

-Actividades comerciales de shoppings, peatonales y galerías.

-Ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros; actividad inmobiliaria y mudanzas

-Obras privadas que ocupen más de 5 trabajadores, profesionales o contratistas.

-Actividades administrativas de sindicatos, entidades gremiales empresarias, cajas y colegios profesionales, entidades deportivas, universidades nacionales y privadas

-Práctica de actividades deportivas y físicas en instalaciones cerradas como clubes o gimnasios, o espacios públicos al aire libre

-Pesca deportiva y recreativa

-Modalidad desde costa y embarcados, navegación recreativa y guarderías náuticas y clubes deportivos

-Museos, bibliotecas y lugares recreativos de divulgación científica públicos o privados.

-Enseñanza disciplinas artísticas en forma particular por un docente o artista, en un espacio colectivo, institución o establecimiento.

-Actividad artística y artesanal cielo abierto, en plazas, parques y paseos.

-Caminatas recreativas para personas incluidas en grupos de riesgo.

-Salas de grabación y ensayo . Preproducción, producción y postproducción de audios o audiovisuales.

Podrán realizarse

-Servicio de peluquería, manicuría, cosmetología y podología con turno previo y un máximo de ocupación del 50%.

-Venta de mercaderías elaboradas de rubros esenciales y no esenciales a través de plataformas de comercio electrónico y venta telefónica mediante la modalidad entrega a domicilio (delivery).

-Actividad notarial necesaria para cumplir actividades y servicios esenciales solo con la intervención de las personas indispensables y evitando reuniones.

-Servicios de cuidados de adultos mayores, personas con discapacidad y niños, niñas y adolescentes.

-Práctica deportiva de deportistas olímpicos y profesionales que cuenten con la autorización nacional.

-Actividades religiosas, cultos, reuniones o ceremonias de hasta 10 personas.

-Comercios de proximidad o cercanía de rubros esenciales y no esenciales, de manera presencial o modalidad para llevar (take away) hasta las 19.30

-Salidas breves para caminatas de esparcimiento

Bajo la siguiente modalidad:

Uso obligatorio de elementos de protección de nariz, boca y mentón

Sin exceder el radio de 500 metros del domicilio de residencia

Sin extenderse más allá de las 19.30

-Locales gastronómicos

Bajo la siguiente modalidad:

Exclusivamente para envíos a domicilio (Delivery) las 24 hs. y servicio para llevar (Take away) hasta las 22 hs

-Administración Central y organismos dependientes del Estado Provincial, con prestación presencial limitada a áreas críticas a funciones indispensables.