La Justicia declaró este jueves la nulidad absoluta de cuatro artículos de un decreto del expresidente Mauricio Macri que habilitó el acceso a familiares de funcionarios públicos al blanqueo de activos en el marco del llamado "sinceramiento fiscal" en 2016. Además, la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) presentará ante la Justicia la lista de quienea accedieron al beneficio cumpliendo dicha condición.

La decisión fue adoptada por el juez en lo Contencioso Administrativo Federal 11, Martín Cormick, quien advirtió que la inclusión de esos artículos en el decreto significó la "extensión de un beneficio a un caso no previsto oportunamente en la ley", según la sentencia a la que tuvo acceso Télam.

Según anticiparon fuentes oficiales y precisó Infobae, la Afip trabaja para presentar el próximo martes la lista de los contribuyentes que fueron beneficiados por el decreto de Macri.

El juez hizo lugar a una demanda de la organización Abogados por la Justicia Social La Plata, Berisso y Ensenada, la Asociación Civil La Plata, Berisso y Ensenada Asociación Civil y los diputados nacionales Rodolfo Tailhade, Juliana Di Tullio y Diana Conti.

La demanda se presentó para declarar la nulidad de los artículos 1, 2, 5 y 6 del decreto 1206/2016 que firmó Macri "mediante la cual se modificaron -a su criterio- aspectos esenciales del Decreto 895/2016, que reglamentó la Ley 27.260 Régimen de Sinceramiento Fiscal".

La firma del decreto que incluyó los cuatro artículos que ahora quedaron anulados implicó la inclusión en el beneficio "de un grupo de sujetos (cónyuges, padres e hijos menores emancipados de los sujetos alcanzados en los incisos a) al w) del artículo 82 expresamente excluidos en el artículo 83 de la ley" de sinceramiento fiscal.

Además, el mencionado decreto 1206/06 llevó la ampliación del beneficio del blanqueo de capitales previsto en la ley a "situaciones no previstas" y a la "inclusión de sujetos originalmente excluidos".

"Bajo una supuesta pretensión de incorporar precisiones, se modifican aspectos de la Ley 27.260, generándose en consecuencia un exceso en la reglamentación de la ley", concluyó el juez.

El magistrado sostuvo que "más allá del análisis sobre si existe en el caso exceso en la reglamentación al desvirtuar en tanto modifica la ley que reglamenta, debe destacarse que dicha reglamentación invade la esfera exclusiva del Poder Legislativo en materia tributaria".

Si la decisión judicial queda firme en instancias de apelación, la Afip podrá reclamar a los contribuyentes involucrados el pago de todos los impuestos no abonados sobre sus bienes incluidos en el blanqueo más intereses por pago fuera de término, recordó el juez que informó en la causa el organismo.