La Legislatura santafesina aprobó este jueves el Presupuesto provincial 2024 y la Ley Tributaria con aumento de impuestos para el año próximo.
El Presupuesto enviado por el Ejecutivo provincial proyecta para el año próximo un superávit de $ 6.127 millones, con recursos por $ 4.865.649 millones y un gasto total de $ 4.859.522 millones. Además, se estima que la actividad de la provincia crecerá un 2.7% y la inflación rondará el 69,5 por ciento.
El texto del presupuesto se convirtió en ley en el Senado luego de modificaciones que introdujo la Cámara baja santafesina.
#SanciónDefinitiva al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente al Ejercicio Económico 2024 con las modificaciones realizadas por la @CamaraDipSF
— Cámara de Senadores (@SenadoSantaFe) December 28, 2023
La ley Tributaria obtuvo la sanción definitiva en Diputados donde obtuvo 44 votos a favor, y uno en contra del diputado Carlos del Frade.
Dijimos no al proyecto del presupuesto 2024 santafesino y la ley de polírica tributaria por estas razones:https://t.co/DjF8sly8xz
— Carlos del Frade (@delfradecarlos) December 28, 2023
Los aumentos
La Ley Tributaria 2024, prevé una suba del Inmobiliario Urbano y Suburbano del 146,5% para los contribuyentes que estén al día y 190% para aquellos que registren deudas. Para el Inmobiliario Rural, los propietarios de hasta 50 hectáreas que las afecten directamente a la actividad agropecuaria no tendrán incremento. Para los que tengan entre 50 y 100 hectáreas afectadas directamente a la actividad agropecuaria será del 74%. Mientras que para quienes tengan entre 100 y 200 hectáreas, la actualización será del 103%. En cuanto a sellos y tasas, continuarán los beneficios de estabilidad fiscal que rige desde el año 2018. No se prevén incrementos en las alícuotas, y sólo se actualizará el valor absoluto del módulo tributario a $ 4.20, en línea con la evolución interanual del nivel general de precios de la economía. Al igual que con sellos y tasas, en ingresos brutos seguirán los beneficios de estabilidad fiscal, con reducción de alícuota, según el artículo 25 de la Ley 13.750. Para las actividades agropecuarias, industriales y comerciales no se contempla aumentos de alícuota. Tendrán modificación en sus alícuotas, los servicios de comunicaciones, los vinculados a la actividad financiera y los casinos. Para los servicios de comunicaciones (telefonía fija, cable, etc.) la alícuota será del 5%. Para los servicios vinculados a la actividad financiera se fijó una alícuota del 6,5% para la retribución a emisores de tarjeta de créditos o compras, así como del 8,5% para las operaciones de préstamos de dinero, descuentos de documentos de terceros y demás operaciones financieras efectuadas por entidades no sujetas al Régimen de entidades Financieras, incluidas las casas de préstamos. Para las entidades financieras las nuevas alícuotas serán del 6,25% y del 9% según el total de las sumas del haber de las cuentas de resultados. Para los casinos la nueva alícuota será del 10,5%, incluyendo las actividades reguladas por la Ley 14.325 de reciente sanción. En el caso de ser necesario una actualización adicional sobre las cuotas 4 y 5, se realizarán considerando la variación porcentual acumulada entre el 1º de octubre de 2023 y el 31 de marzo de 2024, de la Ripte publicada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación e Índice de precios al consumidor (IPC) publicado por el Instituto Provincial de Estadísticas y Censos (Ipec).
Patente sobre vehículos
En el caso de las patentes, el tope anual de actualización será del 160 %, excepto vehículos modelo 2023 y 2024. Además, quedan eximidos del pago los vehículos eléctricos y con tecnologías de energías alternativas correspondientes al período fiscal 2024.
Al igual que el régimen de Impuesto Inmobiliario se establecen los beneficios del 35% de descuento por pago anual anticipado por el pago anticipado del total de las cuotas del año y del 15% para quienes abonen mediante débito automático en caja de ahorro o cuenta corriente.