La jueza federal María Eugenia Capuchetti dictó la falta de mérito para los tres detenidos que habían sido acusados de formar una célula terrorista que esperaba un supuesto paquete de 30 kilos de Yemen y ordenó que sean puestos en libertad de forma inmediata.

“De momento, no se ha incorporado elemento de prueba que permita corroborar la hipótesis investigada y que formó parte de la imputación mencionada”, sostuvo la magistrada en la resolución a la que accedió Télam de fuentes de la investigación.

Los tres detenidos habían negado la imputación en sus respectivas declaraciones indagatorias y el 3 de enero uno había dicho ser profesor de ping-pong, otro peluquero y el tercero, un supuesto periodista free lance que se ufana de ser “mercenario” y experto en cuestiones de seguridad y armamento.

Las detenciones fueron ordenadas y llevadas a cabo antes de la feria judicial por disposición de la jueza María Romilda Servini y el caso se hizo público a principios de este año por declaraciones de la ministra de Seguridad Patricia Bullrich.


Los imputados, cuya libertad fue dispuesta este lunes, son el peluquero Ramón Alberto Domínguez, el profesor de ping-pong de origen sirio-colombiano Naem Chatay Chassan y Juan Manuel Ledesma, un misterioso personaje apodado El Rubio que decía ser un agente inorgánico de la Embajada de Estados Unidos, versión que fue negada por la Embajada de ese país en Buenos Aires. Además, aseguró haber sido “jefe de operaciones” de UC Global, una empresa española contratada por la Embajada de Ecuador en Londres que está en la mira por violar los derechos y la privacidad de los visitantes del fundador de Wikileaks, Julian Assange. Y fundador de "Scorpion IDS", una supuesta empresa de inteligencia, defensa y seguridad.

“Llegado el momento de resolver, considero que el cuadro probatorio incorporado en los presentes actuados vinculado a la participación de Chassan, Domínguez y Ledesma en el hecho que les fuera imputado resulta, de momento, insuficiente para dictar algunas de las decisiones previstas por los artículos 306 y 336 del Código Procesal Penal del Nación”, sostuvo la jueza Capuchetti.

A todos se les había imputado “integrar una asociación criminal trasnacional de existencia ininterrumpida en el tiempo que se dedica a la organización y perpetración de atentados terroristas”, algo que no se probó en lo que va de la investigación.

“Esta organización registraría –según decía la imputación agregada al expediente– actividades en distintos países de la región, en particular Colombia, desde donde se habría organizado la perpetración de un ataque –presumiblemente, con explosivos– a un inmueble localizado en el ámbito de esta ciudad vinculado a la colectividad judía”.

Sin embargo, “de momento, no se ha incorporado elemento de prueba que permita corroborar la hipótesis investigada y que formó parte de la imputación mencionada. En efecto, la situación de los nombrados plantea una serie de interrogantes que aún deben esclarecerse para dictar una decisión conclusiva en alguno de los sentidos dispuestos por el ordenamiento ritual”, sostuvo la jueza.

De la denuncia que diera origen a la presente pesquisa se pudo corroborar que Chassan llegó al país el 30 de diciembre, cuando fue detenido, que se hospedaría en el “Gran Hotel España” (conforme reserva realizada el día 14/12/2023), que Domínguez pretendía recibir una encomienda en una peluquería trabajaba y luego desistió de ese pedido (en octubre de 2023) y realizó una denuncia por una posible estafa en virtud con aquella encomienda. 

“Lo cierto es que, las distintas medidas realizadas hasta el momento, en el especial el análisis de los dispositivos electrónicos incautados, no permiten tener por probado que Chassan, Domínguez y Ledesma tengan vinculación con el hecho que les fuera imputado”, sostuvo la jueza Capuchetti.

“En efecto, no se pudo corroborar la existencia de la supuesta encomienda que iba a llegar al país y que fuera aludida en la información que dio inicio a esta investigación”, sostuvo la magistrada.

El origen de la investigación se remonta al 28 de diciembre de 2023 cuando las autoridades policiales del Departamento Unidad de Investigación Antiterrorista de la Policía Federal Argentina (de aquí en adelante la DUIA) iniciaron el sumario 059-71-000.144/20231 con motivo de una comunicación telefónica que recibieron por parte del personal de seguridad de la Embajada de Israel en Buenos Aires en la que se hizo saber que tenían información sensible para comunicar.

En esa oportunidad, se destacó que esa información llegó a conocimiento de la embajada por intermedio de unos mensajes de WhatsApp que habían sido reenviados por un funcionario de la Gendarmería Nacional Argentina, cuya identidad se encuentra reservada en la causa.

“Entre esos mensajes, se encontraba una fotografía del pasaporte de la República de Colombia AZ531316 a nombre de Naem Chatay Chassan y un audio en el que se comunicaba: ‘(…) un colombiano (en relación a Chassan) habría ingresado al país para hacer una cagada (…)’”, según reseñó la magistrada.