El ex jefe de la comisaría 10ª Gerardo Malpassi se hizo responsable de delitos que van del abuso de autoridad, privación ilegal de la libertad y falsedad ideológica y fue condenado a tres años de prisión efectiva. La pena se acordó en el marco de un acuerdo de partes celebrado este lunes. Malpassi había sido detenido en septiembre de 2021 junto a otros cinco uniformados que fueron acusados de participar de acuerdos espurios con los herederos del narco asesinado Emanuel “Ema Pimpi” Sandoval en perjuicio de otros grupos delictivos.

En 2021, el comisario supervisor Malpassi quedó a la cabeza de un grupo de policías que, según los fiscales, recibió dinero de un grupo que pagó para que vincularan con evidencia falsa a dos miembros de una banda rival. Por esos días, la fiscal Valeria Haurigot dijo a la prensa que "lo que se verificó en la comisaría 10ª es un ejemplo redondo de lo que es conceptualmente la regulación policial del delito".

Los presuntos delitos de los uniformados quedaron al descubierto cuando dos chicas se presentaron ante el fiscal Federico Rébola, de la unidad que investiga balaceras, y contaron que habían sido forzadas por los policías a realizar una denuncia falsa que había dejado tras las rejas a Tomás Agustín “Tomy” G., de 21 años, y a Andrés Adrián “Pancita” R., de 24, integrantes de una supuesta gavilla denominada la banda de “Patri”, con sede de operaciones en Sorrento y Pacheco, en el límite de barrio Sarmiento y Parque Casas, y enfrentada con Los Pimpi.

Tomy y Pancita habían sido apresados el 21 de junio de 2021 al mediodía junto a otros dos jóvenes que recuperaron la libertad un día más tarde. Los fiscales Haurigot y Pablo Socca les imputaron una serie de balaceras y la jueza María Trinidad Chiabrera les dictó la prisión preventiva por el plazo de 90 días. En contra de los detenidos había testimonos de una joven que dijo haber sido amenazada por una tentativa de homicidio y de otra que se había negado a vender drogas para la banda de Patri y tener relaciones sexuales con uno de sus miembros.

La causa tuvo luego un giro de 180 grados, cuando la abogada de las víctimas se acercó al fiscal y le dijo que sus clientes querían volver a declarar porque habían mentido al denunciar a Tomás G y Andrés G. –lo que se constituye con un delito, el de falso testimonio–. Efectivamente, contaron ante el funcionario judicial que habían señalado a esas dos personas por una promesa de dinero y droga por parte de la banda de la familia de "Ema Pimpi", asesinado en octubre de 2019 en La Florida.

Tras las nuevas declaraciones, el fiscal ordenó secuestrar el libro de ingresos y egresos de la comisaría. Allí, figura un horario de entrada de Tomás G. y Andrés G. que no coincide con la incidencia reportada de las detenciones a través del 911. Posteriormente, fueron citados dos de los policías que figuran en el acta del procedimiento y uno de ellos afirmó que no podía ratificar ese documento porque describía situaciones que no habían ocurrido.

Para sorpresa del fiscal, en la comisaría 10ª se constató que no había cámaras. Sí había hasta la muerte de la bibliotecaria María de los Ángeles Paris, pero desde entonces no hubo más dispositivo que pueda captar imágenes del interior de la seccional.

En la casa del comisario Malpassi se secuestró un arma de fuego sin papeles y cerca de 290 mil pesos.

“Dicha maniobra criminal fue concretada a cambio de dinero que la banda de Los Pimpis entregaba regularmente a la comisaría 10ª, siendo ésta la única explicación lógica por la cual funcionarios públicos pudieron haber hecho eso a sabiendas de que acarrearía muy probablemente la detención de personas inocentes”, dijo el fiscal Rébola cuando imputó a los policías.

Malpassi, a instancias de sus abogados Ezequiel Torres y Luciano Zissele, y el fiscal José Luis Caterina, solicitaron un procedimiento abreviado y la jueza Paula Álvarez homologó el acuerdo por los delitos de abuso de autoridad, privación ilegal de la libertad agravada por tratarse de funcionario público que con abuso de sus funciones privase a alguien de su libertad personal, agravada por cuanto la privación se extendió por más de un mes, y falsedad ideológica. La pena acordada por las partes es de 3 años de prisión de cumplimiento efectivo e inhabilitación especial para integrar la fuerza policial por el término de 6 años.