Las fiscales Carla Ranciari y Laura Riccardo consideraron que la condena a 20 años de prisión para Ariel Cabrera y Damián Reifenstuel y a 18 años para Juan José Masson por el crimen de Ivana Garcilazo constituye un precedente importante en Rosario para los homicidios cometidos en el marco de espectáculos deportivos.
Tras el veredicto, las acusadoras señalaron que, más allá de las penas impuestas, el tribunal entendió que los hechos ocurrieron tal como los había planteado la Fiscalía durante el juicio. Sin embargo, aclararon que todavía no pueden anticipar si recurrirán la sentencia.
"No podemos apresurarnos a responder esa pregunta. Vamos a esperar los fundamentos completos. Más allá de que se hizo un adelanto en el veredicto, entendemos que hay que dar lectura completa del fallo para entender el motivo por el cual se impuso cada una de esas penas", explicó Ranciari al ser consultada sobre una eventual apelación.
Durante los alegatos, las fiscales habían solicitado 30 años de prisión efectiva para cada uno de los tres acusados, mientras que la querella, encabezada por el abogado Marcos Cella, había reclamado 33 años. Los tres fueron condenados como coautores de homicidio agravado por haber sido cometido en ocasión de un espectáculo deportivo.
La diferencia entre las penas
Uno de los puntos centrales de la conferencia de prensa fue la diferencia de dos años entre las condenas de Cabrera y Reifenstuel, por un lado, y la de Masson, por el otro. Según explicó Riccardo, el tribunal valoró tanto las conductas posteriores al crimen como las características personales de cada uno de los acusados.
"Cabrera era docente de niños, que es una de las cosas que sostuvo la Fiscalía, y lo mismo en el caso de Reifenstuel, que también era docente. Se supone que son las personas que son referentes que justamente tienen que ver con espectáculos deportivos, en el caso de Cabrera, y que son los encargados de educar a personas", señaló la fiscal.
De acuerdo con Riccardo, esas condiciones fueron tenidas en cuenta por el tribunal al momento de determinar las penas. En el caso de Masson, en cambio, los jueces consideraron características personales diferentes, que explican parte de la distinción entre las condenas.
Las fiscales habían solicitado la misma pena de 30 años de prisión para los tres acusados, aunque sí habían marcado diferencias al momento de reclamar las inhabilitaciones. Para Cabrera y Reifenstuel pidieron, además de la prohibición perpetua de concurrir a espectáculos de fútbol, una inhabilitación de 15 años para desempeñarse en distintas funciones vinculadas con entidades deportivas. Esa última sanción no había sido solicitada para Masson porque, según explicó Riccardo, no reunía las mismas características.
Ranciari consideró que la sentencia representa un antecedente relevante para la ciudad, tanto por la pena impuesta como por la determinación de la responsabilidad de los tres acusados.
"Entendemos que es una condena muy importante. Son hechos que hasta el momento no habían tenido algún tipo de antecedente, al menos en esta ciudad", sostuvo.



