Un tribunal federal de Rosario condenó a un suboficial de la Policía de Acción Táctica (PAT) a 8 años de prisión y 11 años de inhabilitación absoluta como uno de los responsables de una impresionante saga de delitos llevada a cabo el 13 de agosto de 2024 y días posteriores.

En concreto, Guillermo David Toledo (35) reconoció haber torturado a dos dealers que habían sido detenidos con droga para que “cantaran” el domicilio de su proveedor; el posterior allanamiento ilegal en esa vivienda apuntada; las amenazas a sus habitantes y el mejicaneo de una partida de cocaína; el robo de dinero y distintos elementos de valor; la falsificación del procedimiento en un acta trucha y la posterior comercialización de la droga sustraída.

Junto a otros seis policías ya condenados en procedimientos abreviados a penas de hasta siete años de prisión, el suboficial Toledo fue sindicado como líder del grupo y fue el último en cerrar un acuerdo.

La investigación de los hechos estuvo encabezada por los fiscales federales Javier Arzubi Calvo, Soledad García, Andrés Montefeltro y María Virginia Sosa.

La causa se inició a partir de dos procedimientos realizados el 13 de agosto de 2024 en dos puntos de la zona oeste: la cuadra de Jean Jaurès al 5500 y una vivienda de Forest al 5600. De acuerdo con la acusación, ambos operativos estuvieron conectados y formaron parte de un mismo plan criminal.

En el primer procedimiento, realizado cerca de las 15 en Jean Jaurès, en barrio Triángulo, dos hombres fueron aprehendidas por el Comando Radioeléctrico con un ladrillo de cocaína. Allí, los policías de la PAT que se presentaron en el lugar aplicaron golpes, descargas eléctricas y amenazas para obtener información sobre el proveedor de la droga. Con esos datos, se dirigieron directamente a la vivienda de Forest al 5600, barrio Azcuénaga, a la que ingresaron sin orden judicial.

En esa casa redujeron a tres adultos y retuvieron también a dos menores durante unos 50 minutos. Allí se apropiaron de al menos –señaló un testimonio– 15 ladrillos de cocaína, armas, cuchillos de colección, mercadería y unos 6 mil dólares en efectivo, elementos que retiraron en los móviles policiales.

Parte de los elementos incautados en la causa.
Parte de los elementos incautados en la causa.

El procedimiento fue fraguado para justificar el ingreso al domicilio. De hecho, el Ministerio Público Fiscal pidió y obtuvo la invalidez del acta policial y de todo el procedimiento, al considerar que se había violado la garantía constitucional de inviolabilidad de domicilio. Las personas que habían sido detenidas en ese operativo quedaron en libertad tras pasar 45 días presas.

De acuerdo con la acusación, Toledo tenía un rol de mando dentro del grupo que ingresó a la vivienda de Forest al 5600. Testimonios incorporados a la causa señalan que era quien daba las órdenes sobre qué buscar y qué hacer dentro del domicilio, y que incluso negoció con uno de los moradores qué elementos se llevarían y cuáles dejarían para simular un secuestro legal.

La Fiscalía indicó que parte de la cocaína sustraída en esa vivienda fue luego vendida en la ciudad de Santa Fe con la participación de otros policías y civiles.

Durante la investigación, la Fiscalía pudo demostrar que Toledo, por su antigüedad de nueve años en la fuerza, ejercía un rol de liderazgo en el grupo y que sus comportamientos habituales y costumbres lo colocaban como un agente que utilizaba prácticas policiales abusivas y violentas.

Junto con el policía Jesús Balais compartían jornadas de guardia o de servicio en la PAT, en las que eran habituales prácticas ilegales vinculadas al ejercicio de la violencia policial: actos de tortura, detenciones, privaciones ilegales de la libertad de personas en la puerta de un búnker para obtener algún tipo de confesión, sustracción de electrodomésticos de un búnker y acceso a celulares de soldaditos en la vía pública para obtener información de interés.

Ello quedó plasmado en distintos audios que la Fiscalía exhibió ante el tribunal, donde mencionó “las indiadas” que cometía en las guardias; detalles del secuestro y tortura de un soldadito; y en una charla con su esposa Miriam, donde Toledo envía un mensaje con una imagen en la que aparece un palo y luego hace referencia a que ese es “el evangelio según San Guillermo”. Al día siguiente, Miriam le pregunta qué hicieron anoche y el policía responde: “Nada, predicamos la palabra casi hasta el amanecer”.

El 17 de abril, el juez de garantías Carlos Vera Barros homologó parcialmente el acuerdo y dictó sentencia respecto de la culpabilidad de Toledo. Como hubo discrepancias en relación con el monto de la pena, se desarrolló el juicio de cesura ante el Tribunal Oral integrado por los jueces Otmar Paulucci, Elena Dilario y Germán Sutter Schneider, presidente.

Tras los alegatos de las partes, que sostuvieron sus posturas en una audiencia desarrollada el lunes, el Tribunal deliberó y este martes dio a conocer su decisión. Tras hacer breves consideraciones, entre ellas advertir sobre “la intensidad del abuso institucional”, el juez Sutter Schneider leyó el fallo.

Por unanimidad, el Tribunal condenó a Toledo a 8 años de prisión, 11 años de inhabilitación absoluta, le impuso las costas del juicio, una multa y ordenó mantener la prisión preventiva hasta que el fallo adquiera firmeza.