La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó que el Gobierno nacional debe ejecutar de manera inmediata la ley de financiamiento universitario y la recomposición del salario docente. El tribunal rechazó la apelación presentada por el Poder Ejecutivo y calificó sus argumentos como “poco serios”. La decisión generó alivio en la comunidad académica: el rector de la Universidad Nacional de Rosario, Franco Bartolacci, celebró el fallo como “una excelente noticia para la comunidad universitaria en un contexto extremadamente delicado”, y destacó que la Justicia respaldó la medida cautelar solicitada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN).
Excelente noticia para la comunidad universitaria del país en el contexto extremadamente delicado que atravesamos. La justicia confirmó resolución en primera instancia que admitió medida cautelar solicitada haciendo lugar al planteo del CIN ordenando el cumplimiento de la ley.— Franco Bartolacci (@fbartolacci) March 31, 2026
La medida cautelar exige al Estado cumplir de inmediato con los artículos 5 y 6 de la ley 27.795, que establecen la actualización de los salarios de docentes y no docentes de todas las universidades públicas desde diciembre de 2023 hasta la sanción de la ley en septiembre de 2025, así como la recomposición de los programas de becas estudiantiles.
Los jueces Sergio Fernández y Jorge Morán subrayaron que los argumentos del gobierno nacional, que sostenían que la cautelar equivaldría a una sentencia definitiva encubierta, carecían de seriedad.
Además, remarcaron que la medida tiene un impacto fiscal bajo y no afecta de manera significativa el interés público, mientras que protege un derecho fundamental consagrado en la Constitución, la educación superior pública.
Originalmente, la cautelar había sido dictada en diciembre pasado por el juez federal Enrique Cormick a raíz de una acción de amparo presentada por el CIN y más de 40 universidades públicas. En ese momento, Cormick consideró que el Decreto 759/2025, que suspendía la ejecución de la ley y condicionaba su aplicación a la disponibilidad de recursos, mostraba “arbitrariedad e ilegalidad manifiesta” y que existía una “inobservancia clara e incontestable de un deber jurídico” que afectaba el funcionamiento universitario.
Por su parte, el Gobierno había calificado la resolución judicial como “arbitraria”, argumentando que la aplicación de la ley requería definir primero las fuentes de financiamiento y su incorporación al Presupuesto nacional, y advirtió sobre posibles efectos en el equilibrio fiscal. La Cámara Federal desestimó esos planteos y ordenó el cumplimiento inmediato de la norma.



