Un fallo de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Federal de Rosario dejó expuesto el riesgo de que el nuevo intento de licitación de la hidrovía sea trabado en Tribunales por no tener bien cerrada la cuestión ambiental. Una problemática estratégica en la, que al menos públicamente, la agroindustria -como principal usuaria de la vía navegable- parece transitar con la guardia baja mientras que, por el contrario, asoman intereses dispuestos a trabar las mayores profundizaciones buscando resquicios legales entre la amplia legislación actual provincial y nacional que no existía al momento de la primera licitación del dragado en los noventa. 

La situación es la siguiente. La Asociación de Abogados Ambientalistas pidió una medida cautelar a la Justicia Federal para frenar la decisión del gobierno nacional (en tiempos de Alberto Fernández) en la que se decidió (por cuestiones vinculadas a la histórica bajante del río) usar un nuevo paso de navegación para buques de ultramar en el brazo derecho del río Paraná sobre la zona de Ramallo (315 y 326 km) frente a la zona costera y turística como alternativa del brazo izquierdo actual (en el área de Paso Las Hermanas y Paso Bajo Las Hermanas) hasta que se realice un estudio de Evaluación de Impacto Ambiental y Evaluación Ambiental que avale las obras de dragado necesarias para hacer transitable ese tramo.

Según los denunciantes, el tramo en cuestión -frente a las costas de Ramallo- incluye playas, humedales y zonas turísticas de alto valor ecológico. El desvío de la traza hacia el brazo derecho del río, sin estudios ni control público, incrementa los riesgos de erosión costera, pérdida de biodiversidad, dispersión de contaminantes y afectación del abastecimiento de agua.

Como en la primera instancia la cautelar fue rechazada, la asociación de abogados apeló y el caso llegó a segunda instancia. Y el 4 de julio pasado la sala B  de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Federal de Rosario, con la firma de los jueces  Aníbal Pineda y Élida Vidal, resolvió a su favor suspender el pase a estudio y además le requirió al gobierno los informes medioambientales que avalen ese dragado que nunca habían sido presentados.  

En concreto, le requirió a la Administración General de Puertos (AGP), el ente administrador de la hidrovía, “un informe respecto del estado actual de la obra, detalle de tareas realizadas, ajustes, de traza efectuados, los estudios ambientales de gestión de obras y los estudios de impacto ambiental; y que informe si se ha realizado el procedimiento técnico/administrativo de evaluación de impacto ambiental con participación ciudadana en relación con las obras que son objeto de la presente causa y en su caso estudios respecto de las consecuencias sobre el ambiente de las tareas que han sido ejecutadas desde la fecha de interposición del amparo hasta la actualidad”.

En definitiva, la resolución judicial sostiene que “no puede haber licitación ni ejecución de obras sin Evaluación de Impacto Ambiental previa, participativa y pública”. Y acá aparece ahí el fleje en el que se está trabajando para la nueva licitación por un operador privado del sistema troncal de navegación.

Tanto en el primer fallido intento de licitación como en el nuevo que prepara, la idea es que para no demorar (como mínimo un año) el pase a manos privadas que significaría realizar previo a la licitación un estudio de impacto ambiental sobre las viabilidades de mayores profundidades, el gobierno (con ok de los usuarios privados) apuesta a concesionar la administración y luego exigirle al operador privado la realización de los estudios correspondientes (con aprobación del poder concedente) previo a cada obra de dragado. 

Es más, entidades como la Bolsa de Comercio de Rosario, lo que recomiendan es arrancar con pequeñas profundizaciones (de a dos pies, por ejemplo) y seguir luego escalando en lugar de buscar de una llegar a la profundidad máxima con factibilidad ambiental.

La fórmula tiene consenso privado. Ahora: ¿pasa el filtro normativo? ¿O deja resquicios legales para trabar el proceso? Es más, ¿se la sometió a una prueba jurídica para asegurarse de que no sea fácilmente objetada en la Justicia? Es que, claramente, no habrá obra de dragado sin estudio ambiental previo, pero: ¿puede haber licitación sin estudio ambiental previo?

El fallo de la Cámara de la Justicia Federal de Rosario.

Ocurre que, a diferencia de la licitación de los 90, ahora existe un cuerpo normativo nacional y provincial en legislación ambiental con nuevas exigencias que amerita, recomiendan los expertos, tener en cuenta para evitar futuros problemas. Por ejemplo, están las leyes nacionales de diversidad biológica, la ley general del ambiente, la ley de gestión ambiental de aguas, la ley de residuos peligrosos, las leyes de protección de bosques nativos.

No en vano, en el informe que armó la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) del Ministerio Público Fiscal -cuya difusión horas antes de la apertura de sobres hizo fuerza para detener la primera y fallida licitación- le dedica particular atención al señalar:

“Es fundamental analizar la ausencia de la pertinente evaluación de impacto ambiental en las actuaciones previas al llamado a licitación. Estos resultan un requisito fundamental para el debido resguardo del principio de sustentabilidad en la contratación administrativa. Debiendo considerarse, además, en expedientes como el ahora en estudio, como un procedimiento esencial de los exigidos por la ley para la legalidad de los actos administrativos”, arrancaba el informe que luego se expedía sobre toda la falta de adecuación a las exigencias normativas nacionales y provinciales en materia ambiental.

Y no solo eso. El Estado nacional tiene la facultad exclusiva en término de navegación, pero como las provincias ribereñas tienen por mandato constitucional la competencia específica sobre el dominio del recurso natural ahora hay todo un conjunto de leyes y decretos vigentes de las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos, Santa Fe, Chaco y Corrientes que no existía en la primera licitación que ahora deben estar adecuadas en las ofertas que presenten los dragadores.

El riesgo de no incorporar toda esa nueva normativa es la judicialización del proceso licitatorio, ya que cualquier amparo presentado en cualquier provincia podría parar las obras, como el caso de los abogados ambientalistas en Ramallo.