La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 13 de abril el plazo para que las y los contribuyentes ingresen sus deducciones del impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2021. El vencimiento original operaba el 31 de marzo.

Los conceptos ingresados como pagos a cuenta deberán ser informados a través del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) mediante la presentación del Formulario web F572. Para utilizar este servicio online, las y los contribuyentes deben utilizar una clave fiscal con nivel de seguridad 2 o superior.

Allí deberán consignarse los datos personales y los datos del empleador. Cumplidos esos pasos, deberán cargarse las distintas deducciones y desgravaciones en el formulario web, que al finalizar será enviado al empleador. El trámite es digital y se realiza totalmente en línea.

¿Qué conceptos se pueden deducir del Impuesto a las Ganancias?

 

Las y los contribuyentes pueden deducir las cargas de familia (hija, hijo, cónyuge o conviviente), la remuneración del personal de casas particulares, hasta el 40% del monto de alquileres registrados ante la Afip, cuotas médico asistenciales complementarios a la obra social, intereses por préstamos hipotecarios vinculados a la compra o construcción de inmuebles destinados a casa-habitación, donaciones realizadas a diferentes instituciones, los importes abonados en concepto de primas de seguro y gastos de sepelio, entre otros.

La nueva fecha de vencimiento fue establecida en la Resolución General 5165/22, que se publicará este jueves en el Boletín Oficial.