El gobierno nacional incorporó formalmente las estaciones de servicio móviles al registro oficial de bocas de expendio de combustibles. La medida permite, entre otras cosas, que localidades del interior —donde muchas estaciones fijas se encuentran en mal estado o dejaron de operar— cuenten con una solución segura, moderna y de rápida instalación para abastecerse de combustibles, según explicaron. De acuerdo a la normativa publicada, podrán ser de dos tipos: modulares y cisterna.

Entre los argumentos a favor que brindó el Ejecutivo, la iniciativa garantiza, por ejemplo, el abastecimiento en localidades que carecen de estaciones fijas, disminuye los costos para las empresas y para los usuarios —que ya no deberán trasladarse largas distancias—, y fomenta la competencia en el sector. Además, brinda mayor competitividad y seguridad en la provisión local y contribuye al desarrollo productivo de las economías regionales.

Así se ven las estaciones móviles tipo cisterna. (Foto: Surtidores) 
Así se ven las estaciones móviles tipo cisterna. (Foto: Surtidores) 

Las estaciones móviles y modulares deberán cumplir con estrictas normas técnicas y de seguridad, basadas en estándares internacionales —como la NFPA385 y la UL-2085—, que exigen tanques de doble pared, sistemas automáticos de corte y detección de pérdidas, kits de control de derrames y extintores certificados.

Cada unidad será auditada por empresas externas habilitadas y deberá contar con planes de contingencia y seguros vigentes, garantizando una operación segura tanto para los usuarios como para el entorno.

Asimismo, el nuevo régimen establece un sistema de sanciones severas para quienes operen fuera de la ley, incluyendo multas de hasta 160.000 litros de nafta súper y la inhabilitación inmediata de las instalaciones que incumplan las condiciones de seguridad o no cuenten con auditorías actualizadas.

Esta decisión se enmarca en el proceso de modernización y desregulación del sector energético que impulsa la gestión del presidente Javier Milei, con el objetivo de mejorar la eficiencia, liberar la iniciativa privada y asegurar un servicio más accesible y competitivo para todos los argentinos.

En una línea similar, el gobierno autorizó y puso en marcha el autodespacho de combustible en algunas estaciones de servicio del país. En mayo de este año, se incorporó en la YPF de 27 de Febrero y Ovidio Lagos en Rosario, donde se encuentra disponible desde las 22 hasta las 6 de la mañana.

Qué dice la reglamentación

 

El Anexo I de la norma establece un detallado procedimiento para las estaciones modulares portátiles, verdaderos “containers energéticos” con tanques de acero doble pared (hasta 40 m³), dispensadores, sistemas de ventilación, detectores de pérdidas, válvulas automáticas, alarmas de sobrellenado, protección antivandálica y limitaciones estrictas a la operación.

Entre las exigencias figuran bases de hormigón armado, sistemas de contención de derrames, defensas de impacto, iluminación apta para áreas clasificadas, extintores, señalética, control de inventarios y capacitación obligatoria del personal. Bajo ninguna circunstancia pueden moverse cargadas con combustible, y el despacho puede realizarse en modo asistido o de autodespacho, alineado con la Resolución 147/2025.

El Anexo II regula las Estaciones de Servicio móviles cisternas, definidas como vehículos tanque montados sobre chasis, autorizados exclusivamente a reabastecerse mediante carga ventral en terminales habilitadas.

No pueden usar surtidores convencionales para cargar, no pueden operar en modo autodespacho y su capacidad máxima es de 4.500 litros. Deben poder evacuar el predio en menos de tres minutos ante una emergencia y deben operar siempre en espacios abiertos, sin posibilidad de despachar en edificios, cocheras, calles ni vía pública. También se imponen distancias mínimas respecto de edificaciones, fuentes de ignición, tendidos eléctricos y desagües.

La seguridad operativa ocupa un capítulo central: mangueras de hasta 15 metros con dispositivos breakaway, bombas y válvulas certificadas para zonas clasificadas, boquillas de cierre automático sin seguro, sistemas de bloqueo eléctrico entre unidad y vehículo abastecido, prohibición de operar con el motor encendido, kits de control de derrames, custodia permanente y planes de contingencia aprobados. Estas unidades deben mantener encendidos únicamente los sistemas eléctricos independientes del tractor y estar dotadas de bandejas colectoras, cerco de seguridad portátil y cartelería visible.

Ambas modalidades —modular y cisterna— requieren auditorías de seguridad anuales bajo los protocolos establecidos en el Anexo III, y la obtención del alta en un plazo de hasta 45 días desde la presentación de la documentación. Una vez autorizadas, las unidades quedan habilitadas para operar siempre que también cumplan con las normas y permisos establecidos por cada jurisdicción provincial o municipal.