Desde el lunes 13 de abril y hasta el domingo 26 inclusive, Argentina vivirá su tercera etapa de aislamiento social obligatorio que comenzó el 20 de marzo pasado (y se prorrogó por primera vez el 1° de abril). 

El presidente Alberto Fernández firmó este sábado el decreto de necesidad y urgencia que extiende la cuarentena por el coronavirus y, a la vez, fija el mecanismo para evaluar y establecer eventuales nuevas excepciones.

Se trata del DNU 335/2020 que será publicado en las próximas horas en una edición especial del Boletín Oficial, según adelantaron a Télam fuentes oficiales.

Además, amplió el listado de servicios y actividades esenciales vigente, con la incorporación de actividades tales como bancos, talleres de reparación de vehículos, ventas de repuestos, fabricación y reparación de neumáticos y artículos de librería, entre otras, todas ellas de manera regulada y administrada.

En su artículo 2, el decreto establece que el Jefe de Gabinete de Ministros, Santiago Cafiero, podrá, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional, y a pedido de los gobernadores y/o el jefe de gobierno porteño, disponer excepciones al cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio".


Cafiero, en su carácter de Coordinador de la “Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional”, tendrá la posibilidad de "exceptuar la prohibición de circular, al personal afectado a determinadas actividades y servicios o a las personas que habiten en áreas geográficas específicas y delimitadas", siempre que "medien" determinadas "circunstancias".

En ese sentido, establece que los mandatarios provinciales deberán hacer sus requerimientos "por escrito, previa intervención y asentimiento de la máxima autoridad sanitaria local, en atención a la situación epidemiológica respectiva".

Ese requerimiento, tendrá que estar acompañado de "un protocolo de funcionamiento correspondiente, dando cumplimiento a las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad nacionales y locales".

Discapacitados

 

"Las personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista, para realizar breves salidas en la cercanía de su residencia, junto con un familiar o conviviente", indica la Decisión Administrativa.

La normativa, publicada esta noche en el Boletín Oficial, establece que, "en tales casos, las personas asistidas y su acompañante deberán portar sus respectivos Documentos Nacionales de Identidad (DNI) y el Certificado Único de Discapacidad (CUD) o la prescripción médica donde se indique el diagnóstico y la necesidad de salidas, la cual podrá ser confeccionada en forma digital".

Bancos y fronteras

 

También está comprendida "la actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos", y se señala que el Banco Central "establecerá, mientras dure el aislamiento social, los términos y condiciones en los cuales se realizará la actividad bancaria, pudiendo ampliar o restringir días y horarios de atención".

También, indica que el BCRA establecerá "los servicios a ser prestados y grupos exclusivos o prioritarios de personas a ser atendidas, así como todo otro aspecto necesario para dar cumplimiento a las instrucciones y recomendaciones de la autoridad sanitaria".

En tanto, a través del DNU 365/2020, Alberto Fernández formalizó también la prórroga al cierre de fronteras del país hasta el 26 de abril inclusive, según el texto de la norma, al que tuvo acceso Télam.

Datos que sustentan el aislamiento

 

La norma firmada este sábado por el presidente Alberto Fernández formaliza lo que anunciara el viernes, en el marco de la conferencia de prensa que ofreció en la residencia de Olivos, al término de una reunión con el comité de expertos.

Los considerandos del DNU 335/2020 subrayan que, "comparando el tiempo de duplicación de casos en Argentina antes y después de haber implementado la medida de aislamiento social preventivo y obligatorio y otras complementarias, se observó que pasó de 3,3 días a 10,3 días".

Además, señalan que, "dado que no se cuenta con un tratamiento antiviral efectivo ni con vacunas que prevengan el contagio de SARS-CoV-2, las medidas de aislamiento y distanciamiento social siguen revistiendo un rol de vital importancia para hacer frente a la situación epidemiológica y mitigar el impacto sanitario de covid-19".

Por otro lado, los considerandos remarcan que la Argentina implementó "numerosas medidas tempranas para la contención de la epidemia con menor cantidad de casos y de días de evolución, en comparación con otros países".