Después de varios días de conflicto y cortes en el puente Rosario-Victoria y en otros puntos de la provincia, finalmente este lunes los pescadores santafesinos podrán volver a trabajar, al menos tres días por semana. El viernes pasado, la Justicia decidió levantar la veda total a la pesca comercial y deportiva. 

Los pescadores podrán pescar para vender los días lunes, miércoles y jueves. 

La decisión judicial, tomada por la Cámara de Apelación de la Feria Judicial de Enero de la Segunda Circunscripción, compuesta por los jueces Edgar Baracat, Ángel Angelides y Avelino Rodil, se conoció el viernes pasado por la mañana, cuando todavía los pescadores mantenpian cortado el puente a Victoria.

Según explicó ese mismo viernes el fiscal Guillermo Corbella al programa A diario (Radio 2), la veda se levantó parcialmente para la pesca comercial. 

Martes, viernes, sábados, domingos y feriados no se podrá pescar comercialmente.

En tanto, la pesca deportiva con devolución obligatoria se liberó por completo y se podrá practicar todos los días.

Esta nueva resolución rige hasta el 31 de marzo; es decir, se mantuvo el plazo original a pesar de que la Fiscalía había pedido reducirlo a 45 días. 

Además, la resolución también "exhorta a ministerio de la Producción, Ciencia, y Tecnología a los efectos de que realice el máximo esfuerzo posible en el ejercicio de competencia de control y fiscalización del recurso pesquero". 

Fue el juez juez Civil y Comercial Nº 11 de Rosario, Luciano Carbajo, quien había ordenado la veda total por 90 días a pedido de una organización ambientalista para proteger la fauna ictícola del río Paraná. Esto disparó de inmediato protestas en distintos puntos de la provincia de parte de pescadores que dependen directamente de la actividad. 

Veda pesquera: solo algunos días y feriados

Las tres resoluciones clave

Puntualmente, los jueces resolvieron: " 1) hacer lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la Provincia de Santa Fe, contra la resolución Nro. 1974 de fecha 29 de diciembre de 2020. 2) Revocar en consecuencia, parcialmente, la resolución individualizada, disponiéndose: a) dejar sin efecto la veda de la pesca deportiva, permitiéndose la misma exclusivamente con devolución obligatoria de toda especie, conforme lo establecido por el artículo 28 de la ley Nro. 12.212; b) morigerar la veda de la pesca comercial establecida por resolución de primera instancia, limitando dicha veda exclusivamente  a los siguientes días: martes, viernes, sábados, domingos y feriados, durante las 24 horas de día, de acuerdo a lo establecido por el art. 9 de la ley Nro. 12.703, con vencimiento el 31 de marzo de 2021".