La semana pasada, el Ministerio de Hacienda de la Nación fijó un aumento en las tasas de los intereses resarcitorios y punitorios, como un modo, según se expresa en la resolución 50/2019, de "de estimular la cancelación en término de las obligaciones y evitar que los contribuyentes morosos financien sus actividades mediante el incumplimiento de los impuestos". Sin embargo, desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (Came) solicitaron que se reconsidere la medida.

La normativa fija una tasa de interés resarcitorio y punitorio mensual equivalentes a 1,2 y 1,5 veces, respectivamente, la tasa nominal anual canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos a 180 días del Banco de la Nación Argentina vigente el día 20 del mes inmediato anterior al inicio del trimestre de vigencia.

Además de promover el pago en término, el ajuste en los valores responde a que, "atento el tiempo transcurrido desde su última modificación, se hace necesario adecuar las referidas tasas a las condiciones económicas actuales". Los nuevos montos se aplicarán a partir del 1º de abril pero para la cancelación de las deudas que vencían antes de la entrada en vigencia de la resolución se aplicarán los regímenes vigentes en los períodos correspondientes.

Desde la Came enviaron una carta al ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, para solicitarle que se reconsidere la disposición para "resguardar al ya dañado entramado productivo pyme, responsable del 70 % del empleo argentino".

En este sentido, subrayan que, en el marco de un contexto recesivo en el que la actividad acumula 13 meses con descenso de ventas y aumento de costos y servicios, "esta actualización de montos por incumplimiento fiscal generará la posibilidad de que el propio Estado lleve al cierre de pequeñas y medianas empresas que se encuentran asfixiadas por la actual situación económica, mientras que arrastrará a otras tantas a la morosidad, o lo que sería mucho más grave, a la informalidad como único camino posible para subsistir".