El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través de la Secretaría de Justicia, llamará a concurso para cubrir vacantes en los Registros Notariales, de acuerdo al nuevo reglamento dispuesto por el gobierno provincial.

El nuevo sistema de selección fue aprobado a través del decreto Nº 1.775/09, suscripto por el gobernador Hermes Binner el 28 de setiembre pasado. Desde que se sancionó la nueva normativa, es la primera vez que se van a cubrir las vacantes a través del sistema de concursos y con la actuación de un jurado.

La norma fue elaborada conjuntamente por autoridades del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, representantes de los Colegios de Escribanos de la 1º y 2º circunscripción y de la Universidades Nacionales del Litoral y de Rosario, quienes conformaron el Tribunal Calificador de Antecedentes y Oposición y redactaron el Reglamento de Funcionamiento y Calificación que se aplicará a los postulantes para acceder a registros notariales vacantes en el ámbito provincial.

La convocatoria apunta a cubrir cinco vacantes en toda la provincia: tres en Rosario, una en Villa Constitución y una en San Lorenzo.

Cambios normativos

“Con la nueva normativa, se asegura la debida transparencia y una abierta participación en el proceso de selección de postulantes”, señalaron desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

El Tribunal destinado a la selección de notarios estará compuesto por el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Héctor Superti, quien podrá designar en su lugar a una persona de acreditado nivel académico en la materia; el secretario de Justicia, Roberto Vicente; un representante del Colegio de Escribanos de la provincia de Santa Fe con más de diez años en el ejercicio de la profesión; y un docente titular de una universidad nacional, especialista en Derecho Privado, de la circunscripción que corresponde el asiento del registro Notarial que concursa.

Desde la Secretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos explicaron que según la ley Nº 6.898 “compete al Poder Ejecutivo la designación y remoción de los Escribanos de Registro”. La norma prevé que “la designación de titular para cada Registro que quedare vacante recaerá en el oponente que proponga el Colegio de Escribanos y que resultare en primer término en el concurso de oposición oral, escrito y de antecedentes que se realice al efecto, concurso que deberá abrirse en cada caso y por Registro para la provisión de dicho cargo”.

Asimismo, a partir de los últimos cambios normativos, “la designación de los escribanos con registro será efectuada por el Poder Ejecutivo previa realización de un concurso de antecedentes y oposición, comprendido este último examen y una entrevista entre aquellos que se hubiesen inscripto en el mismo”.

En el reglamento de Funcionamiento y Clasificación se dispone que el Colegio de Escribanos, a través de la circunscripción que corresponda al registro vacante, será el encargado de recibir las solicitudes de inscripción de los aspirantes y constatar el estricto cumplimiento de los requisitos exigidos.