Un fallo inédito de la Justicia ordenó que una obra social pague a una pareja un tratamiento de fertilidad. De esta manera dos padres que buscaban un hijo desde hace cinco años podrán hacer frente al costo del tratamiento gracias al fallo de una jueza en primera instancia de la Justicia porteña que ordenó a la obra social a cubrir la totalidad del costo que superaría los 55 mil pesos.
La magistrado consideró que, aunque las técnicas de fertilización no están incluidas en el Plan Médico Obligatorio, la infertilidad debería ser considerada una enfermedad, porque puede originar depresión, ansiedad y angustia, que contaminan la vida de relación de la pareja según informa el diario La Nación.
El fallo lleva la firma de Patricia López Vergara, a cargo del juzgado porteño en lo Contencioso y Administrativo N° 6. Para ello, la jueza consideró que los beneficiarios de una obra social tienen derecho a exigir las prestaciones que los adelantos médicos van incorporando.
Sin embargo, y como se trata de una sentencia en primera instancia, la obra social puede apelarla. De todas formas, la jueza López Vergara también aceptó un recurso de amparo presentado por la pareja para que el primero de los tratamientos les sea realizado en forma inmediata. El amparo intenta evitar que los tiempos judiciales atenten contra la eficacia del tratamiento.
La jueza del fuero Contencioso Administrativo sustentó su fallo en el derecho de las personas a gozar de los avances científicos y a fundar una familia.