La Afip aclaró este lunes que ningún empleador podrá descontar del salario de sus empleados más del 35% como retención del impuesto a las Ganancias. La información fue brindada después de que se conocieran casos –como en el Conicet– donde la aplicación superó ese porcentaje. 

El organismo recaudador indicó en un comunicado que “el empleado debe informar todo el ejercicio, las deducciones y la renta percibida de otros empleos hasta el 31 de marzo de cada año”.

La entidad remarcó que “el empleador no podrá en el año descontar más del 35% del salario como retención de Ganancias”, pero señaló que “puede superar dicho límite en la liquidación anual que se produce con el sueldo de abril, salvo que el empleado manifieste por escrito su decisión de que se respete ese límite”.

“La retención puede llegar al total del salario en tres casos: si el empleado informa recién en marzo los salarios que pagan otros empleadores; si modifica una o más deducciones informadas, disminuyendo su valor o eliminándolas; o si no le manifiesta a sus empleadores la decisión de que no le retengan más del 35% en abril”, precisó.

La Afip explicó que “en dichas circunstancias, el empleador sólo tiene una oportunidad de retener el impuesto y, de ese modo, evitar que el empleado adeude impuestos y tenga que ingresarlos por su cuenta”.

“En general, los empleadores dan aviso a sus empleados de estas obligaciones, de modo de evitar los inconvenientes difundidos en los últimos días”, resaltó la Administración.