Desde este jueves 12 de abril de 2007, todos los trabajadores que aportan al sistema de seguridad social tienen la libertad de elegir qué sistema jubilatorio quieren y creen que necesitan para su futuro. Tendrán 180 días hábiles para ejercer la opción, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2007.
La resolución 191/2007 de la Ansés, publicada en las últimas horas en el Boletín Oficial, establece el funcionamiento del aplicativo denominado “Cambio al Régimen de Reparto”, cuyo acceso se puede realizar a través de Internet en la página www.opcionjubilatoria.gov.ar.
De esta manera cualquier persona que quiera dejar de aportar a una AFJP para pasarse al régimen estatal, podrá hacerlo desde su casa. El período de opción se abrirá cada cinco años.
Por otro lado, quienes se afiliaron al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones a partir del primero de este mes y quieran ejercer de forma expresa la opción por el régimen público (a pesar de lo ya establecido por ley), tienen un plazo de 90 días a partir de la fecha de afiliación para realizarla a través de este sistema.
Así se realiza la opción por Reparto:
1er. Paso: El trabajador entra desde cualquier computadora con acceso a Internet (personal, locutorio, etc.) a www.opcionjubilatoria.gov.ar, ingresa su CUIL/CUIT y allí aparecerá una pantalla con los datos personales que registra Ansés, los que podrán ser corregidos en el momento. Si no cuenta con acceso a Internet, podrá retirar el formulario en cualquiera de las 5.000 oficinas o estafetas del Correo Argentino u OCA, gremios, municipios, ONG´s y en sucursales de AFJP.
2do. Paso: Imprime tres copias y se dirige a la sucursal de Correo Argentino u OCA más cercana con documento de identidad y fotocopias de de 1º y 2º hoja. El empleado postal recibe la documentación, hace firmar al trabajador dos formularios en su presencia los que tendrán la validez de Carta Documento y le entrega el restante al trabajador sellado por el Correo u OCA, lo que le servirá de comprobante. El trámite finaliza allí para el trabajador.
3er. Paso: El Correo u OCA envían a Ansés los formularios de pedido de traspaso a Reparto y a través de los códigos de barra dispuestos en los formularios, la carga de la opción se automatiza. A partir del 1º de enero de 2008 el traspaso se hará efectivo.
Es importante destacar entonces que sólo una parte del trámite puede hacerse vía internet y que debe finalizarse personalmente. La opción por el régimen de reparto no se realiza en Ansés, sino en el Correo Argentino u Oca y es gratuito. Si quedan dudas, ver las claves para entender el proceso.
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