La Corte Suprema de Justicia de la provincia pondrá en funcionamiento el Registro de Deudores Alimentarios Morosos el lunes 3 de julio. Las inscripciones, modificaciones y bajas en el citado registro se harán a pedido de parte y previa orden del juez competente en materia alimentaria, una vez corroborado el cumplimiento de los requisitos legales exigidos. Quien así lo solicite deberá abonar el arancel reglamentario. El registro se lanza de acuerdo con lo establecido por la ley provincial 11.945 y el decreto del Poder Ejecutivo 1005 del 27 de abril de 2006. Desde el próximo lunes, entonces, se recibirán las solicitudes de inscripción que envíen los juzgados, mientras que desde el 1° de agosto comenzarán a expedirse los certificados. En Rosario, los trámites podrán realizarse en Balcarce 1651, Planta Baja. Quien solicite un certificado deberá acreditar su identidad e interés legítimo, aclarándose que el registro no recibirá órdenes de inscripción de jurisdicciones ajenas a la provincia de Santa Fe, hasta tanto no sea regulada legalmente.