Fallo inédito. La Justicia ordenó al Banco de Santa Fe retener el dinero correspondiente a la cuota alimentaria que cobra una mujer por impedir el contacto entre su hijo y el padre, del cual está separada.

El fallo del Tribunal Colegiado de Familia N° 5 de los Tribunales de Rosario (integrado por los doctores Ricardo José Dutto, Diana Agustina Parola y Guillermo Carlos Corbella) sostiene que la medida debe mantenerse hasta tanto se constate que la madre del chico –que desde hace cinco años viene percibiendo la cuota alimentaria que ahora será retenida– ha modificado su conducta y permite al padre visitar a su hijo.

El tribunal advirtió también a la mujer que, de persistir en su actitud, podría revocársele la tenencia del menor.

En el fallo se da por constatado que la madre impedía el régimen de visitas que se había fijado judicialmente y sostiene que la falta de “contacto adecuado” entre el menor y su padre “configura una violencia psíquica de acuerdo al decreto reglamentario de la ley local de protección contra la violencia familia e importa desconocer el mejor interés del menor contemplado en la Convención sobre los Derechos del Niño. Esa noción se emparenta con la de su bienestar en la más amplia acepción del vocablo y son sus necesidades las que definen su interés en cada momento de la historia y de la vida”.