El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba confirmó la condena contra Germán Facchín, exintendente de Deán Funes, por su responsabilidad como instigador en la matanza de 211 perros ocurrida en abril de 2013.
La Cámara Octava del Crimen había condenado a Facchín a cuatro años de prisión, mientras que cinco empleados municipales recibieron penas de tres años de prisión en suspenso. La resolución del máximo tribunal provincial ratificó esas condenas.
Los trabajadores condenados son Diego Oscar Allendes, Juan Santos Márquez, Darío Mercedes Palomeque, Pablo Daniel Palomeque y Roque Enrique Quinteros Nievas.
El caso ocurrió durante la madrugada del 28 de abril de 2013. Según la sentencia, empleados municipales repartieron albóndigas de carne con veneno, lo que provocó la muerte de 211 perros.
Durante el juicio, la magnitud y simultaneidad del operativo fueron consideradas indicios de una acción organizada. Entre los elementos analizados estuvieron el uso de vehículos oficiales, la intervención de inspectores, testimonios sobre la organización del personal y otros elementos incorporados a la causa.
En el caso de Facchín, el tribunal consideró que su posición dentro de la estructura municipal le permitía disponer de personal y medios materiales, mientras que los inspectores involucrados dependían funcionalmente del área bajo su conducción.
La defensa había cuestionado distintos aspectos de la acusación, entre ellos los horarios, los vehículos utilizados, los testimonios, la identificación de los responsables y la manipulación del veneno. También planteó la posible participación de otros vehículos en el episodio.
Facchín había llegado al juicio en libertad y la sentencia original estableció que permaneciera en esa condición hasta que la condena quedara firme.
Con la confirmación del Tribunal Superior de Justicia se configura ahora el denominado “doble conforme”. Esto quiere decir que la condena fue dictada por un tribunal de juicio y posteriormente revisada y confirmada por el máximo tribunal provincial.
De todos modos, las defensas todavía pueden intentar llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante un recurso extraordinario federal. Si ese planteo fuera rechazado, también podrían presentar una queja ante el máximo tribunal nacional.
Según la información difundida tras la resolución, esa eventual queja no tendría efecto suspensivo. En ese escenario, la Cámara Octava del Crimen quedaría en condiciones de ejecutar la condena y ordenar el ingreso de Facchín a prisión.
El abogado querellante Pedro Despouy sostuvo, tras conocerse la decisión, que el episodio no se limitó a la muerte de los perros. En declaraciones a Telenoche, afirmó que la causa también contempla la muerte de gatos y pájaros y la intoxicación de un niño, que debió ser trasladado de urgencia a Córdoba.
El querellante sostuvo además que, además de la vida de los animales, durante el episodio estuvo comprometida la salud pública.



